Auto 02-0721 - 22 de Septiembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43181622

Auto 02-0721

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44941

Que, el señor Marco Emilio Vargas Parra, identificado con la cédula de ciudadanía número 4.234.178 de Samacá, mediante radicado 841 de 2002, presentó ante ¿Corpoboyacá¿, solicitud de licencia ambiental para el funcionamiento de 15 hornos tipo colmena y 2 hornos de pampa ubicados en predios de la vereda Loma Redonda, en jurisdicción del municipio de ¿Samacá, Boyacá¿;

De conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993 y el artículo y del Decreto 1728 de 2002, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones que le corresponda otorgar;

Se declara que el expedi ente contentivo del proyecto mencionado se encuentra en la Subdirección de Gestión Ambiental, para el pronunciamiento sobre la necesidad de presentar o no un diagnóstico ambiental de alternativas, a que se refiere el artículo 19 del Decreto 1728 de 2002, y se adecuará al trámite ambiental pertinente, por lo tanto este auto no autoriza la iniciación de obras, quedando bajo responsabilidad del interesado continuar con el trámite de obtención de Licencia Ambiental en los términos del Decreto 1728 de 2002;

Una vez notificado el itnresado de este auto deberá cancelar los derechos de visita y coordinar la fecha de visita con los funcionarios de la Subdirección de Gestión Ambiental;

Que en mérito de lo expuesto el Secretario General de ¿Corpoboyacá¿,

DISPONE:

Primero. Avocar el conocimiento y remitir la solicitud y demás información anexa, a la Subdirección de Gestión Ambiental para la correspondiente evaluación y pronunciamiento a que se refiere el artículo 19 del Decreto 1728 de 2002.

Segundo. Publicar la presente providencia, a costa del interesado, conforme lo dispone el artículo 70 de la Ley 99 de 1993.

Tercero. A costa del interesado deben consignarse los derechos de visita técnica...

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