Auto 03-076 - 22 de Junio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43193945

Auto 03-076

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín45226

El señor Edgar Augusto Gutiérrez G., Wilson Rodrigo Jiménez Montañés, identificados con las cédulas de ciudadanía números 79301924 y 79433872 expedidas en Bogotá, respectivamente, en su calidad de titulares del contrato BGD-121 de fecha 5 de julio de 2002, suscrito con Minercol, mediante radicado 1227 de 2002, solici tó a esta entidad licencia ambiental para el proyecto de exploración y explotación de un yacimiento de esmeraldas, en la vereda Nopasal, y Puentón del municipio de La Victoria.

De conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993 y los artículos 2º y 9º del Decreto 1728 de 2002, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones que le corresponda otorgar.

Se declara que el expediente contentivo del proyecto mencionado se encuentra en la Subdirección de Gestión Ambiental, para el pronunciamiento a que se refiere el Decreto 1728 de 2002, y se adecuará al trámite ambiental pertinente, por tanto este auto no autoriza la iniciación de obras, quedando bajo la responsabilidad del interesado continuar con el trámite de obtención de licencia ambiental en los términos del Decreto 1728 de 2002.

Una vez notificado el interesado de este auto, deberá cancelar los derechos de visita y coordinar la fecha de visita con los funcionarios de la Subdirección de Gestión Ambiental;

Que en mérito de lo expuesto el Secretario General de ¿Corpoboyacá¿,

DISPONE:

Primero. Avocar el conocimiento y remitir la solicitud y demás información anexa, a la Subdirección de Gestión Ambiental para la...

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