Auto número 000119 de 2013, por el cual se dispone el inicio de una actuación administrativa. EXPEDIENTE NÚMERO 105 DE 2013 (TC 178-2013 - 50N-20277490 - 2013-5043 - C2013-4228 - RDN 0751)
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Norte |
Número de Boletín | 48997 |
La Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en las Leyes 1437 de 2011 y 1579 de 2012, y
CONSIDERANDO: DISPONE:
Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de Matrícula 50N-20277490 tendiente especialmente a dejar sin efectos y valor jurídico la anotación trece (13) correspondiente al turno de radicación 2013-5043 bajo la cual se encuentra publicitado embargo ejecutivo con acción personal (remanentes) decretado por el Juzgado 35 Civil del Circuito de Bogotá dentro de proceso número 2011537 seguido por Pedro Abeil Santamaría contra María Antonia Santamaría Quiroga.
Personalmente el contenido del presente acto a Juvenal Benavides Castañeda en la carrera 3 Bis Nº 71A-27 Sur quien mediante petición con turno C2013-4228 solicitó la corrección de la anotación trece (13) del folio de matrícula 50N-20277490, cuyo estudio devino en el inicio de la presente actuación.
Para su conocimiento y fines pertinentes, compulsar copia integral de la presente providencia al Juzgado 60 Civil Municipal de Bogotá en la carrera l0 número 14-33 quien tramita el proceso ejecutivo singular número 2011-0537 seguido por Pedro Abeil Santamaría contra María Antonia Santamaría Quiroga al interior del cual se decreté la cautela inscrita el 24 de enero de 2013 en el folio de Matrícula Inmobiliaria 50N-20277490 bajo rogación 2013-5043 cuya revocatoria se pretende.
a los terceros indeterminados que se consideren con derecho a intervenir en el presente asunto, para lo cual se ordena la publicación de este proveído en el Diario Oficial a costa de esta Oficina, o en un diario de amplia circulación a nivel nacional a costa de los interesados (artículos 37 y 38 nuevo Código Contencioso Administrativo-Ley 1437 de 2011).
la práctica de pruebas y allegar las informaciones y documentos necesarios para el perfeccionamiento de la presente Actuación Administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del nuevo Código Contencioso Administrativo...
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