Auto DRP 780 - 18 de Noviembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43243854

Auto DRP 780

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía
Número de Boletín46456

El Director Regional Putumayo, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, artículo 31 numeral 2, 9, 12, 13 y 14 artículo 35; el Decreto 1791 de 1996, artículos , , 10, 11 y los artículos 11 y 13 del Código Contencioso Administrativo, y

TENIENDO EN CUENTA:

Que el día 11 de octubre de 2004, se recibió en la Unidad Operativa Zona Petrolera Sede Orito de la Regional Putumayo de Corpoamazonia, solicitud de trámite de Autorización de Aprovechamiento Forestal Unico a nombre de Ecopetrol S. A. con número de identificación Tributaria NIT 899999068-1 como representante legal el señor Alvaro Osorio Ruiz identificado con cédula de ciudadanía número 15956073 de Salamina. El aprovechamiento forestal se tiene previsto realizar entre las veredas Caldero y Monserrate, Municipio de Orito, Departamento del putumayo;

Que la solicitud de autorización de aprovechamiento forestal único es para obtener como productos bloques de las especies, Guacimo, Tarumo, Balso, Guamo.

Que de acuerdo con el Decreto 1791 de 1996 capítulo IV, artículo 12 por medio del cual se establece el régimen de aprovechamiento Forestal para el aprovechamiento forestal único, requieren del permiso o autorización de Corpoamazonia;

Teniendo en cuenta lo anterior, se

DISPONE:

Artículo 1° Admitir y avocar conocimiento de la solicitud del trámite de autorización para aprovechamiento Forestal Unico promovido por Ecopetrol S

A. con número de identificación Tributaria NIT 899999068-1 y como representante legal el señor Alvaro Osorio Ruiz identificado con cédula de ciudadanía número 15956073 de Salamina, veredas Caldero y...

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