Resolución número 002071 de 2013, por medio de la cual se autoriza la creación de un código transitorio y excepcional de cargue de información a ColpatriaMedicina Prepagada S. A., identificada con NIT900.640.334-5 - 31 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 474174634

Resolución número 002071 de 2013, por medio de la cual se autoriza la creación de un código transitorio y excepcional de cargue de información a ColpatriaMedicina Prepagada S. A., identificada con NIT900.640.334-5

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín48960

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias en especial las que les confieren los artículos 230 y 233 de la Ley 100 de 1993, artículo 5º del Decreto número 506 de 2005, numeral 10 del artículo 8º del Decreto número 1018 de 2007 y demás normas concordantes y complementarias, y

CONSIDERANDO:

  1. Antecedentes Administrativos

    1.1 La doctora Graciela Marina Galindo Plazas, en calidad de representante legal de Salud Colpatria S. A. Medicina Prepagada en la Operación del Programa Plan Obligatorio de Salud, mediante escrito radicado en esta Entidad bajo el NURC 1-2012-115483 de 31 de diciembre de 2012, solicitó la autorización para escindirse parcialmente en una sociedad beneficiaría que se constituye con la escisión y se denominará Colpatria Medicina Prepagada S. A.

    En dicha solicitud señaló:

    "(...)

    2.5. Actualmente Salud Colpatria S. A. administra el programa de Medicina Prepagada y POS, además de contar con algunas inversiones estratégicas.

    2.6. Con el proyecto de escisión que se adjunta a esta solicitud se pretende transferir parte de los activos, pasivos y partes del patrimonio de Salud Colpatria S. A. en una nueva sociedad que se constituye por medio de la escisión cuyo objeto será administrar el Programa de Medicina Prepagada, con las condiciones de ley para funcionar o habilitarse como Entidad Administradora de Planes de Beneficios de Salud (EAPB).

    2.7. El proyecto de escisión presentado fue aprobado por unanimidad de los accionistas de Salud Colpatria S. A. en la Asamblea de Accionistas del 30 de noviembre de 2012 y cumple con los requisitos establecidos en la Ley 222 de 1995y el Código de Comercio sobre escisiones. Se adjunta extracto del acta mencionada y del proyecto de escisión aprobado en la reunión con sus...

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