Resolución número 560-001789 de 2013, por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011, cediendo las obligaciones objeto del contrato interadministrativo 001 del 4/02/2013 a Central de Inversiones S. A. CISA - 13 de Marzo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 427648558

Resolución número 560-001789 de 2013, por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011, cediendo las obligaciones objeto del contrato interadministrativo 001 del 4/02/2013 a Central de Inversiones S. A. CISA

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín48731

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Primero: Que la Superintendencia de Sociedades es un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con Personería Jurídica, autónoma administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que señale la ley en relación con otros entes, Personas Jurídicas y naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º del Decreto número 1023 de 2012; y en desarrollo del artículo 116, inciso 3º de la Constitución Política, ejerce las funciones jurisdiccionales en materia de procesos concursales, mecanismos de recuperación de empresas y asuntos societarios, en términos previstos en la ley.

Segundo: Que la Ley 1450 de 2011, por la cual el Gobierno Nacional expidió el Plan Nacional de Desarrollo, ordenó en su artículo 238 a las entidades públicas del orden nacional con excepción de las entidades financieras de carácter estatal, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta y las entidades en liquidación, ceder la cartera con más de ciento ochenta (180) días de vencida, al Colector de Activos Públicos - CISA para que este las gestione y dispuso que la cesión se haría mediante contrato interadministrativo en las condiciones que fije el modelo de valoración que definiera el Gobierno Nacional.

Tercero: Que el Decreto número 4054 de 2011, modificado por el Decreto número 1764 de 2012, reglamentó, entre otros, el artículo 238 de la Ley 1450 del mismo año, señalando las condiciones y aspectos procedimentales para la cesión y entrega de cartera; en su artículo 5º estableció el modelo de valoración de la misma, a través del cual se determina las condiciones mediante las cuales CISA fija el precio de la misma; y en el artículo 6º, contempló la forma de pago, señalando que "el valor arrojado por el modelo de valoración se reflejará en el contrato interadministrativo que se suscriba para la adquisición y será girado a la respectiva entidad vendedora, dentro de los tres años siguientes a su suscripción, de acuerdo con las condiciones establecidas en el respectivo contrato".

Cuarto: Que Central de Inversiones S. A identificada con NIT 860.042.945 es una Sociedad Comercial de Economía...

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