Resolución número 1477 de 2013, por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, para celebrar una operación de manejo de deuda pública interna, consistente en una operación de reestructuración de deuda pública - 21 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 437489938

Resolución número 1477 de 2013, por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, para celebrar una operación de manejo de deuda pública interna, consistente en una operación de reestructuración de deuda pública

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48797

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 5º del Decreto 2681 de 1993, el artículo 7º de la Ley 781 de 2002, y las Resoluciones números 2650 del 12 de noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 2563 del 9 de septiembre de 2011, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficios números 3130 y 3727 del 25 de septiembre y 31 de octubre de 2012, respectivamente, la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la modificación del Contrato de Empréstito y de Pignoración de Rentas número 001, celebrado entre CVS y Bancolombia, correspondiente a una operación de manejo de deuda;

Que en desarrollo de la Resolución número 3795 del 30 de diciembre de 2009, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge y Bancolombia S. A., suscribieron el 6 de enero de 2010 un Contrato de Empréstito Interno, hasta por la suma de sesenta mil millones de pesos ($60.000.000.000), moneda legal colombiana, para financiar la Ejecución del Componente Ambiental del Plan Departamental de Agua y Saneamiento de Córdoba 2008-2010;

Que el artículo 7º de la Ley 781 de 2002, dispone que la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 y demás normas concordantes por parte de las áreas metropolitanas, y las asociaciones de municipios, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del orden territorial. Para los mismos efectos, los entes universitarios autónomos, las Corporaciones Autónomas, Regionales y la Comisión Nacional de Televisión, se sujetarán a la normatividad aplicable a las entidades descentralizadas del orden nacional;

Que el artículo 5º del Decreto 2681 de 1993, establece que constituyen operaciones propias del manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyan a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento, conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularización de deudas de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la Dirección del Tesoro Nacional y todas aquellas operaciones de similar naturaleza que en el futuro se desarrollen;

Que la Corporación Autónoma Regional de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR