Certificación número 03 de 2012 - 13 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 411084634

Certificación número 03 de 2012

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48643

La Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de las facultades que le otorga el Decreto número 2141 del 25 de noviembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 189, parágrafo 2º, de la Ley 223 de 1995, referido al impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, establece que: "En ningún caso el impuesto pagado por los productos extranjeros será inferior al promedio del impuesto que se cause por el consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas de bebidas fermentadas con bebidas no alcohólicas, según el caso, producidos en Colombia",

CERTIFICA:

Que para efectos de lo dispuesto en el artículo 189, parágrafo 2º, de la Ley 223 de 1995, y de conformidad con los artículos y del Decreto número 2141 de 1996, los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, aplicables como mínimo a los productos extranjeros gravados que rigen para el primer semestre del año 2013, son los siguientes:

  1. Cervezas, doscientos ochenta y ocho pesos con treinta y dos centavos ($288,32), por unidad de 300 centímetros cúbicos;

  2. Sifones, doscientos noventa y cinco pesos con noventa y tres centavos ($295,93), por unidad de 300 centímetros cúbicos;

  3. Refajos y mezclas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR