Circular Externa 00040 - 12 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241548

Circular Externa 00040

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín46389

Para: Las compañías de seguros que operen el seguro obligatorio de accidentes de tránsito, la Industria Militar, Indumil, Cajas de Compensación Familiar que no administren el Régimen Subsidiado y el administrador del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga.

De: Superintendente Nacional de Salud.

Asunto: Información financiera de recaudos del Fosyga por fuentes diferentes a la compensación. Información de giros de la subcuenta de solidaridad para el régimen subsidiado.

Marco jurídico

La Superintendencia Nacional de Salud en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la Ley 100 de 1993, la Ley 715 de 2001 y el Decreto 1259 de 1994, y considerando:

¿ Que, corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud la inspección, vigilancia y control sobre la generación, flujo y aplicación de los recursos públicos destinados a la prestación de servicio público esencial de seguridad social en salud1.

Dentro de los responsables del flujo de recursos de la salud vigilados por la Superintendencia Nacional de Salud, se encuentran las Compañías de Seguros que operen el seguro obligatorio de accidentes de tránsito, la Industria Militar, Indumil, las Cajas de Compensación Familiar que no administren el régimen subsidiado y el Administrador del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga.

¿ Que, para el ejercicio de la inspección, vigilancia y control, la Superintendencia Nacional de Salud tiene la función de instruir a los vigilados sobre la manera como deben cumplir con las disposiciones que regulan su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas que le competen y señalar los procedimientos para su cabal ap licación. Esta función incluye la tarea de impartir instrucciones relacionadas con el envío de información a la Superintendencia, siguiendo las especificaciones y contenidos requeridos2.

¿ Que, con el objeto de hacer más eficaz su función, la Superintendencia Nacional de Salud viene desarrollando un sistema tecnológico que busca optimizar la calidad de la información y facilitar su administración para fines de control, lo que exige actualizar la forma como se viene recibiendo la información por parte de los vigilados.

¿ Con fundamento en lo antes expuesto, este Despacho imparte las siguientes instrucciones relacionadas con el reporte de información a la Superintendencia Nacional de Salud por parte de los vigilados destinatarios de la presente Circular:

  1. Datos a reportar

    La información solicitada en la presente Circular está descrita en el anexo técnico adjunto, que contiene ocho (8) archivos relacionados a continuación:

    CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

  2. Responsables ante la Superintendencia Nacional de Salud por la remisión de información

    Siguiendo la estructura de archivos descrita en el anexo técnico, la información objeto de la presente circular debe...

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