Circular Externa 0022 - 19 de Octubre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43166257

Circular Externa 0022

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín44587

DIARIO OFICIAL 44.587 CIRCULAR EXTERNA 0022 19/10/2001 Dependencia: 4000. Destino: Consejos directivos, directores administrativos y revisores fiscales de las Cajas de Compensación Familiar. De: Superintendente. Asunto: Plan operativo, presupuesto anual de ingresos y egresos y límite máximo del monto anual de las inversiones para el año 2002. Fecha: 09/10/2001 02:59:37 p.m. Con el fin de propender por una política de mejoramiento en la calidad de vida de la población afiliada y participar activamente en la generación de empleo, las Cajas de Compensación Familiar deberán seguir los lineamientos señalados en los artículos 48 y 339 de la Constitución Política, ¿los cuales establecen parámetros sobre Seguridad Social y coherencia en los Planes de Desarrollo con los objetivos y propósitos nacionales¿, la Ley 633 de 2000 y demás normas concernientes al Sistema del Subsidio Familiar. No puede escapar esta oportunidad a las Cajas de Compensación Familiar, para revisar y reorientar si es del caso los rumbos actuales de un sistema que ha contribuido con 45 años de desarrollos y aportes a la familia del trabajador, madurez que sobrevive en un medio tocado por las amenazas y debilidades que genera un entorno tan cambiante como el que actualmente vivimos. Por lo tanto, se considera conveniente que las Cajas de Compensación Familiar tengan en cuenta los requerimientos establecidos en las Circulares Externas expedidas por esta Entidad, especialmente los números 0013 de octubre 4 de 2000 y 0015 de 11 de junio de 2001 y los siguientes parámetros para la presentación del Plan Operativo, presupuesto de ingresos-egresos y límite máximo de inversiones. 1. PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS Las Entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia del Subsidio Familiar deben elaborar los Presupuestos de Ingresos y Egresos para el ejercicio comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2002. Es de recordar para algunas Corporaciones, que las proyecciones deben efectuarse para el control de gestión, por períodos trimestrales. En relación con las variables estimadas para el incremento de costos y determinación de tarifas, se recomienda que sean consideradas las proyecciones para inflación del año 2001 con base en las metas fijadas por los Organismos Gubernamentales como la Junta Directiva del Banco de la República, el DANE o el Departamento Nacional de Planeación. Como quiera que a la fecha dichos organismos aún no se han pronunciado se sugiere tener en cuenta el desarrollo y comportamiento del índice de precios al consumidor y costos del presente año. Con el fin de facilitar y agilizar el diligenciamiento del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos para la vigencia del año 2002, les estamos haciendo llegar los formatos oficiales vigentes, codificados de conformidad con el Plan Unico de Cuentas adoptado mediante la Resolución número 500 de agosto de 1997, los cuales deben ser diligenciados en forma completa y con la documentación complementaria requerida para el efecto. Esta información debe ser enviada paralelamente vía módem, en medio magnético y en forma impresa, de acuerdo con las características técnicas que se anexan a esta Circular. 1.1 Diligenciamiento de los presupuestos...

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