Circular Externa 006 - 12 de Junio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43193576

Circular Externa 006

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45216

Para: Liquidadores y Contralores de Entidades Financieras y Aseguradoras en Liquidación

Forzosa Administrativa.

Tema: Por la cual se hace una corrección numérica en la Circular Externa número 002 del 12 de marzo de 2003 ¿Información base para efectuar seguimiento a los procesos de liquidación forzosa administrativa¿.

Mediante la expedición de la Circular Externa número 002 del 12 de marzo de 2003 denominada ¿Información base para efectuar seguimiento a los procesos de liquidación forzosa administrativa¿, publicada en el Diario Oficial número 45.128 del 15 de marzo de 2003, se determinó la información que deben enviar los liquidadores de las entidades que se encuentran en proceso de liquidación forzosa administrativa, con el fin de adelantar y soportar el seguimiento por parte del Fondo a la actividad del liquidador, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del numeral 1 y el numeral 2 del artículo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993).

El texto de la Circular anteriormente señalada presenta algunas imprecisiones de carácter numérico, razón por la cual esta entidad, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 73 del Código Contencioso Administrativo, el cual establece que se podrán revocar parcialmente los actos administrativos en cuanto sea necesario para corregir simples errores aritméticos o de hecho que no incidan en el sentido de la decisión, procede a hacer las respectivas correcciones en los siguientes términos:

¿ En el anexo 2 denominado ¿Contratos del área administrativa¿ en el aparte denominado ¿Información referente al contenido¿ se hizo referencia a las columnas 1 a 7 debiendo hacerse referencia a las columnas l a 5.

¿ En el anexo 3 denominado ¿Pólizas de seguro¿ en el aparte denominado ¿Información Referente al contenido¿ se hizo referencia a las columnas 1 a 6 debiendo hacerse referencia a las columnas l a 7.

¿ En el anexo 4 denominado ¿Bienes inmuebles¿ en el aparte denominado ¿Información Referente al Contenido¿ se hizo referencia a las columnas 1 a 6 debiendo hacerse referencia a las columnas 1 a 9. Así mismo, en el aparte titulado ¿Alcance, periodicidad y Plazo de Envío del reporte¿, al hacer referencia al presupuesto se señaló como plazo para el envío del mismo el 30 de noviembre del año inmediatamente anterior al que se presupuesta, debiendo señalarse el 10 de enero del año que se presupuesta.

¿ En el anexo 5 denominado ¿Bienes muebles y enseres¿ en el aparte...

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