Circular Externa número 00000025 de 2013 - 21 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 442553694

Circular Externa número 00000025 de 2013

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Puertos y Transportes
Número de Boletín48828

Bogotá, D. C., 21 de junio de 2013

De: Superintendencia Delegada de Puertos (Supertransporte) Para: Sociedades Portuarias Regionales, Sociedades Portuarias, Muelles Homologados, Licencias Portuarias, Autorizaciones Temporales y Embarcaderos Asunto: Cargue directo de carbón a partir del 1º de enero de 2014 La Ley 1450 del 16/06/2011 "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014", en el artículo 113 ordena lo siguiente: "A partir del 1º de enero de 2014, los puertos marítimos y fluviales que realicen cargue de carbón, deberán hacerlo a través de un sistema de cargue directo. Aquellos concesionarios que con anterioridad a la vigencia de la presente ley hubieren presentado y les fueran aprobados los cronogramas a los cuales hace referencia el Decreto número 4286 de 2009, se regirán por los mismos. En todo caso, dichos cronogramas no podrán exceder del 1º de enero de 2014".

Teniendo en cuenta la disposición anterior, las sociedades portuarias regionales, sociedades portuarias, muelles homologados, licencias portuarias, autorizaciones temporales y embarcaderos autorizados para cargue y descargue de carbón, deberán abstenerse de movilizar dicha carga, a partir del miércoles 1º de enero del 2014, en caso de no disponer de un sistema de cargue directo reglamentado...

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