Circular externa número 11 de 2014 - 28 de Abril de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 508719022

Circular externa número 11 de 2014

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-
Número de Boletín49136

Para: Entidades Estatales

Asunto: Guía para determinar y verificar la Capacidad Residual del proponente en los Procesos de Contratación de obra pública (Versión 1)

La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- en cumplimiento de su objetivo como ente rector del sistema de compras y contratación pública y, en desarrollo del artículo 1º del Decreto 791 de 2014 que modificó el artículo 18 del Decreto 1510 de 2013, presenta la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública (Versión 1) la cual está disponible en la página web http://www.colombiacompra.gov.co/es/manuales.

La presente circular rige a partir de la fecha y deroga y sustituye integralmente la Circular Externa 4 de septiembre 16 de 2013.

Muy atentamente,

La Directora General,

María Margarita Zuleta González.

Referencia normativa

Parágrafo 1º, artículo de la Ley 1150 de 2007. Artículo 72 Ley 1682 de 2013.

Artículo 18

del Decreto 1510 de 2013, modificado por el artículo 1º del Decreto 791 de 2014.

GUÍA PARA DETERMINAR Y VERIFICAR LA CAPACIDAD RESIDUALDELPROPO-NENTE EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA (VERSIÓN 1)

Introducción

Definiciones

  1. ¿Qué es la Capacidad Residual de Contratación

  2. ¿Cómo establecer la Capacidad Residual del Proceso de Contratación

  3. ¿Cómo saber si el proponente cumple con la Capacidad Residual del Proceso de Contratación

  4. ¿Cómo calcular la Capacidad Residual del Proponente

    1. ¿Cómo calcular la Capacidad de Organización (Co)

    2. ¿Cómo calcular la Experiencia (E)

    3. ¿Cómo calcular la Capacidad Financiera (CF)

    4. ¿Cómo calcular la Capacidad Técnica (CT)

    5. ¿Cómo presentar la lista de contratos en ejecución

  5. Proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia

  6. ¿Cómo calcular la Capacidad de Contratación de un proponente plural

  7. Ejemplo

  8. ¿Cómo utilizar la aplicación "Capacidad Residual" para calcular la Capacidad Residual del Proponente

    ANEXO 1. Muestra representativa del sector construcción.

    ANEXO 2. Certificación de la Capacidad Técnica.

    Introducción

    El artículo 72 de la Ley 1682 de 2013 por la cual se adoptan medidas y disposiciones para los proyectos de infraestructura de transporte y se conceden facultades extraordinarias, estableció:

    "Artículo 72. Capacidad residual de contratación para contratos de obra pública. La capacidad residual de contratación cuando se realicen contratos de obra pública se obtendrá de sustraer de la capacidad de contratación, el saldo del valor de los contratos en ejecución.

    La capacidad de contratación se deberá calcular mediante la evaluación de los siguientes factores: Experiencia (E), Capacidad Financiera (CF), Capacidad Técnica (CT), y Capacidad de Organización (CO).

    Para los efectos de la evaluación de los factores mencionados en el inciso anterior, por ningún motivo, ni bajo ninguna circunstancia se podrán tener en cuenta la rentabilidad y las utilidades.

    El Gobierno Nacional reglamentará la materia, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la promulgación de la presente ley, acudiendo al concepto técnico de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, en virtud de la Ley 49 de 1904, para propender por una reglamentación equitativa en la implementación de mínimos y máximos que garanticen los derechos de los pequeños contratistas.".

    Colombia Compra Eficiente debe definir la metodología para calcular la Capacidad Residual del proponente teniendo en cuenta los factores previstos en la Ley 1682 de 2013, sin que estos se consideren iguales o similares a los requisitos habilitantes establecidos en el artículo 10 del Decreto 1510 de 2013.

    En consecuencia, Colombia Compra Eficiente pone a disposición de los partícipes del sistema de compra y contratación pública la presente guía.

    Definiciones

    Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica o con el que establece el Decreto 1510 de 2013. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural según lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.

    Las fechas para los cálculos a los que se refiere la presente guía deben expresarse en meses y años.

    Definiciones

    Contratos en Ejecución Son los contratos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, incluyendo la ejecución de obras civiles en los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, incluyendo los contratos suspendidos y aquellos que no tengan acta de inicio. No se entenderán como contratos en ejecución los que se encuentren en liquidación.
    Período Es la extensión de tiempo de 12 meses o menos del plazo de ejecución de un contrato.
    Saldos de los Contratos en Ejecución o SCE Es la suma de los montos por ejecutar de los Contratos en Ejecución durante los 12 meses siguientes.

    I. ¿Qué es la Capacidad Residual de Contratación?

    La Capacidad Residual es la aptitud de un contratista para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del Proceso de Contratación. En los Documentos del Proceso de un contrato de obra pública, la Entidad Estatal debe establecer un requisito adicional a los requisitos habilitantes que es la Capacidad Residual o K de Contratación, el cual deben cumplir los interesados en participar en un Proceso de Contratación para la ejecución de una obra pública.

    II. ¿Cómo establecer la Capacidad Residual del Proceso de Contratación?

    El cálculo de la Capacidad Residual del Proceso de Contratación equivale al presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación menos el anticipo cuando haya lugar, si el plazo estimado del contrato es menor a doce (12) meses.

    Capacidad Residual del Proceso de Contratación = Presupuesto oficial estimado - Anticipo

    Si el plazo estimado del contrato es superior a doce (12) meses, la Capacidad Residual del Proceso de Contratación equivale a la proporción lineal de 12 meses del presupuesto oficial estimado menos el anticipo cuando haya lugar.

    (Pr_supuesto oficial estimado - Anticipo

    Capacidad Residual del Proceso de Contratación =-x 12 meses

    plazo estimado contrato (meses)

    Colombia Compra Eficiente pone a disposición de los partícipes del sistema de compra y contratación una aplicación en formato Excel llamada "Capacidad Residual" que permite a la Entidad Estatal calcular la Capacidad Residual y validar que los oferentes cumplan con la Capacidad Residual del Proceso de Contratación. La aplicación puede ser descargada en la página web de Colombia Compra Eficiente, www.colombiacompra.gov.co.

    III. ¿Cómo saber si el proponente cumple con la Capacidad Residual del Proceso de Contratación?

    El proponente debe acreditar una Capacidad Residual igual o superior a la Capacidad Residual establecida en los Documentos del Proceso para el Proceso de Contratación. Por consiguiente, la Capacidad Residual del proponente es suficiente si:

    Capacidad Residual del Proponente > Capacidad Residual del Proceso de Contratación

    IV. ¿Cómo calcular la Capacidad Residual del Proponente?

    El proponente debe demostrar que su operación o actividad comercial le permite asumir nuevas obligaciones derivadas del contrato objeto del Proceso de Contratación. Por lo cual, el proponente en un Proceso de Contratación de una obra pública debe presentar la siguiente información para acreditar su Capacidad Residual:

    · La lista de los Contratos en Ejecución, así como el valor y plazo de tales contratos.

    · La lista de los Contratos en Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, así como el valor y plazo de tales contratos.

    · El estado de resultados auditado que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años y el balance general auditado del último año, suscrito por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR