Circular externa número 00000010 de 2014 - 25 de Mayo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 513064110

Circular externa número 00000010 de 2014

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Puertos y Transportes
Número de Boletín49165

PARA: SOCIEDADES PORTUARIAS REGIONALES, SOCIEDADES PORTUARIAS, MUELLES HOMOLOGADOS, LICENCIAS PORTUARIAS, AUTORIZACIONES TEMPORALES.

DE: SUPERINTENDENCIA DELEGADA DE PUERTOS

ASUNTO: REPORTE DE OBRAS Y EQUIPOS

La Superintendencia Delegada de Puertos al tenor de las funciones de vigilancia, inspección y control estipuladas en la Ley 1a de 1991 y la Ley 1242 de 2008, los Decretos números 101 y 1016 de 2000 y el Decreto número 2741 de 2001; comunica a los vigilados portuarios que disponen de un permiso portuario (contrato de concesión, otrosí modificatorio, resoluciones de homologación, autorización temporal y licencia portuaria) autorizado por las entidades concedentes; la obligación de reportar la ejecución de inversiones, obras y equipos; según como se señala en el siguiente cuadro:

TEMA OBJETO PERIOCIDAD TIPO DE DOCUMENTO
Obras y equipos Vigilancia e inspección y control a la infraestructura portuaria marítima y fluvial de los concesionarios Trimestral (Quince días después de cada trimestre) Físico y magnético (Excel)

Adicionalmente, en cada reporte trimestral los vigilados portuarios deberán remitir los cronogra-mas de inversiones y obras aprobados por las entidades concedentes. El formato de reporte de obras y equipos con su instructivo adjunto, hace parte integral del presente acto administrativo.

En caso tal que el concesionario marítimo o fluvial (Sociedad Portuaria, Homologación, Autorización Temporal y/o Licencia Portuaria) tenga más de un acto administrativo o contrato de concesión otorgado por una entidad concedente; diligencie el Formato de Reporte de Obras Civiles y Equipos para cada contrato de concesión de forma independiente.

En cuanto al registro contable, la Superintendencia delegada de puertos requiere el envío de los comprobantes de contabilidad, estos deberán ser remitidos de manera física y magnética junto con el formato único.

El primer reporte de obras y equipos con el nuevo formato, será el correspondiente al segundo trimestre de 2014; es decir, los vigilados portuarios deberán remitirlo antes del 15/07/2014 y así sucesivamente para los próximos trimestres.

Se anexan seis (6) folios que contienen lo siguiente:

  1. Cuatro (4) folios con el instructivo de diligenciamiento del formato único de reporte de obras civiles y equipos.

  2. Dos (2) folios con el formato único de reporte de obras civiles y equipos. La presente Circular Externa comienza a regir a partir del 1º de julio de 2014. Comuníquese.

Mercy Carina Martínez Bocanegra.

INSTRUCTIVO PARA DILIGENCIAMIENTO INFORMACIÓN DE INVERSIÓN PUERTOS
REPORTE DE INVERSIONES
TÍTULO DE LA CELDA | DESCRIPCIÓN
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR