Circular externa número 00000052 de 2015 - 4 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 586652238

Circular externa número 00000052 de 2015

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49686

Bogotá, D. C., 3 de noviembre de 2015

Para: Gobernadores, Alcaldes, Secretarios Departamentales, Distritales y Municipales de Salud, Gerentes de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Públicas y Privadas y Entidades Administradoras de Planes de Beneficios.

De: Ministro de Salud y Protección Social

Directora (E) Instituto Nacional de Salud

Asunto: Actualización de las directrices del sector salud para la preparación y respuesta frente a posibles efectos en la salud por el fenómeno de variabilidad climática "ElNiño", 2015-2016.

El fenómeno "El Niño" se caracteriza por alteraciones en el ciclo hidrológico, lo cual genera déficit hídrico en la mayor parte del territorio nacional, particularmente en las regiones Caribe y Andina, donde la reducción de la precipitación limita la disponibilidad de agua y excedentes hídricos en otras, como el Pacífico, Orinoquia y la Amazonía1. De acuerdo con el Ideam, este fenómeno de variabilidad climática se fortaleció hasta alcanzar la categoría de Fenómeno Fuerte, lo cual continuará incidiendo en el clima del país, con una disminución en la cantidad y frecuencia de las lluvias cercana al 60% para las Regiones Andina y Caribe.

El Ideam estima que el fenómeno continuará durante lo que resta de 2015 y se extenderá hasta el primer trimestre del 2016, alcanzando su máxima intensidad en este periodo, coincidiendo con la temporada seca o tradicionalmente de menos lluvias en el país. Con base en lo anterior, el Ideam recomienda a la comunidad en general, al Sistema Nacional Ambiental, al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, a las autoridades nacionales, regionales y locales y a los sectores productivos, no bajar la guardia y mantener activas las acciones preventivas para reducir el impacto asociado a la influencia del fenómeno "El Niño".

A continuación se presentan algunos de los posibles efectos y consecuencias relacionadas con la salud que deberán considerarse en el ajuste o preparación de los planes de contingencia sectoriales para enfrentar el fenómeno "El Niño":

- Incremento de enfermedades transmitidas por vectores (Dengue, Malaria, Chikunguña, enfermedades emergentes como el virus del Zika y reemergentes como la enfermedad de Chagas, entre otras).

- Incremento de enfermedades transmitidas por agua y alimentos. (Enfermedad Diarreica Aguda (EDA), Hepatitis A, entre otras).

- Riesgo para la seguridad alimentaria y nutricional.

- Aumento en la incidencia de agresiones por animales potencialmente transmisores de rabia.

- Incremento de las infecciones respiratorias agudas, alergias respiratorias y rinitis.

- En zonas de inundación, aumento de accidentes ofídicos, agresiones por animales ponzoñosos y enfermedades como la leptospirosis y rickettsiosis.

- Aumento en la demanda de atención en los servicios de salud asociados con golpes de calor, deshidratación, enfermedad cardio, cerebro-vascular, lesiones generadas por quemaduras solares o incendios, entre otros.

- Dificultades de la oferta de servicios de salud por posible desabastecimiento de agua apta para el consumo humano en la red hospitalaria pública y privada.

Por lo antes expuesto, con el objeto de reducir las situaciones de riesgo para la salud de la población y para hacer frente al fenómeno El Niño 2015-2016, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Instituto Nacional de Salud (INS) imparten las siguientes directrices:

1. Sobre la gestión intersectorial e intrasectorial:

1.1. Las Direcciones Territoriales de Salud deben coordinar las acciones en salud con los Consejos Municipales, Distritales y Departamentales para la Gestión del Riesgo de Desastres. En este espacio de gestión se deben compartir los posibles escenarios de riesgos en salud para el fenómeno "El Niño", verificar las capacidades operativas de los actores del sector y demás condiciones que garanticen una respuesta oportuna. (Circular Conjunta 040 de 2014).

1.2. Las Direcciones Territoriales de Salud deben disponer espacios para la coordinación y seguimiento de las acciones en salud con las diferentes áreas de la entidad tales como: vigilancia en salud pública, centros reguladores de urgencias y emergencias, prestación de

1 MADS-IDEAM. Estudio Nacional del Agua. 2014.

servicios de salud, aseguramiento, promoción y prevención, salud ambiental, zoonosis, nutrición, vacunación, entre otros.

1.3. Las Direcciones Territoriales de Salud dispondrán de los recursos para el fortalecimiento de los Centros de Reserva del sector salud que apoyen la atención oportuna de la población que resulte afectada por el fenómeno.

1.4. Las Direcciones Territoriales de Salud de conformidad con el enfoque diferencial deben incluir en los procesos de preparación y respuesta frente al fenómeno, características particulares de la población como género, pertenencia étnica, curso de vida, situación de discapacidad (física, mental, visual, auditiva, cognitiva y múltiple), situación de...

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