Circular externa número 000012 de 2017 - 27 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 668690125

Circular externa número 000012 de 2017

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50160

PARA: Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, Direcciones Departamentales de Salud y Entidades Municipales de Salud, todas ellas ubicadas en zona de frontera

DE: Ministro de Salud y Protección Social

ASUNTO: Envío de los datos al Ministerio de Salud y Protección Social del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS), de las atenciones realizadas a ciudadanos extranjeros en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de los departamentos ubicados en las fronteras con Brasil, Ecuador, Panamá, Perú, Nicaragua y Venezuela.

FECHA: 27 de febrero de 2017

El Ministerio de Salud y Protección Social, en desarrollo de lo previsto en el artículo 2º, numeral 23, del Decreto número 4107 de 2011, modificado por el Decreto número 2562 de 2012, y con el objeto de realizar el análisis de la información relacionada con el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) que sustente estudios binacionales relacionados con la demanda de los servicios de salud y la disponibilidad y suficiencia de la oferta así como conocer el comportamiento de las tarifas en los Departamentos Amazonas, Arauca, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Boyacá, Cesar, Chocó, Guainía, La Guajira, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Vaupés y Vichada, ubicados en zonas de frontera y la transferencia de datos de las prestaciones individuales de salud de los usuarios extranjeros, directamente desde las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS públicas, se permite Instruir a todas las IPS habilitadas en dichos Departamentos, para que envíen al Ministerio de Salud y Protección Social los Registros Individuales de Prestación de Servicios de Salud (RIPS), de las personas extranjeras allí atendidas, de acuerdo con la especificación del Anexo Técnico número 1, numeral 2, de la Resolución número 3374 de 2000 a través de la Plataforma PISIS, conforme al siguiente procedimiento:

1. Especificación para el envío de los archivos RIPS por parte de las IPS a través PISIS

Las IPS de que trata la presente Circular deben enviar al Ministerio de Salud y Protección Social los datos del Registro Individual de Prestaciones de Salud, correspondientes a las atenciones de las personas extranjeras, por medio de archivos comprimidos, que se vienen reportando conforme a la Resolución número 3374 de 2000, de acuerdo con la siguiente especificación técnica.

1.1. Especificación del nombre de los archivos

El nombre de los archivos...

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