Circular externa número 000015 de 2015 - 11 de Agosto de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 580054846

Circular externa número 000015 de 2015

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín49601

Para: Representantes Legales, Miembros de Consejo Directivo u Órgano Equivalente, Revisores Fiscales y Profesionales de la Contaduría Pública de las Entidades Promotoras de Salud en que participen las Cajas de Compensación Familiar o de los Programas de Salud que administren o hayan operado en dichas entidades sometidas a inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud.

De: Superintendente Nacional de Salud.

Asunto: Instrucciones procedimiento manejo financiero de los recursos utilizados en los fines previstos en el artículo 97 de la Ley 1753 de 2015 "Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018".

Fecha: 11 de agosto de 2015

I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

La Ley 1753 de 2015, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 20142018, en su artículo 97 estableció "Con el propósito de garantizar el acceso y goce efectivo del derecho a la salud y cumplir las condicionesfinancieras para la operación y el saneamiento de las Entidades Promotoras de Salud en que participen las Cajas de Compensación Familiar o los programas de salud que administren o hayan operado en dichas entidades, se podrán destinar recursos propios de las Cajas de Compensación Familiar y los recursos a que hace referencia el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011 recaudados en las vigencias 2012, 2013 y 2014 que no hayan sido utilizados en los propósitos definidos en la mencionada ley a la fecha de entrada en vigencia de la presente disposición, siempre que no correspondan a la financiación del régimen subsidiado de salud. Subsidiariamente, los recursos de la contribución parafiscal recaudados por las Cajas de Compensación Familiar no requeridos para financiar programas obligatorios podrán destinarse para estos propósitos".

En cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución 2233 de 2015 impartió los lineamientos a las Cajas de Compensación Familiar para la utilización de los recursos de que trata el artículo 97 de la Ley 1753 de 2015 y el numeral 2 del artículo del Decreto 2562 de 2014 y estableció los formatos en los que, dichas entidades deben reportar la información relativa a la asignación y utilización de los recursos mencionados.

El artículo 3º de la Resolución 2233 de 2015 señala de manera expresa los recursos que podrán ser utilizados para el saneamiento y cumplimiento de las condiciones financieras de las Entidades Promotoras de Salud en que participen las Cajas de Compensación Familiar o de los programas de salud que administren o hayan operado en dichas entidades, enunciados en el artículo 97 de la Ley 1753 de 2015, así:

"3.1. Los recursos propios de las Cajas de Compensación Familiar.

3.2. Los recursos de que trata el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011, diferentes a los destinados al Régimen Subsidiado de Salud, que corresponden al cincuenta (50%) del cuarto de punto (A) establecido en dicho artículo, recaudados en las vigencias 2012, 2013 y 2014, que en el marco de los Decretos 3046 de 2013 y 2562 de 2014 fueron destinados para los programas de promoción y prevención - estrategia de Atención Primaria en Salud (APS), y a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 1753 de 2015, no hayan sido utilizados en tales programas.

3.3. Subsidiariamente, los recursos de la contribución parafiscal recaudados por las Cajas de Compensación Familiar (CCF), no requeridos para financiar programas obligatorios.

Los recursos que las CCF asignen para destinar a los fines previstos en el artículo 97 de la Ley 1753 de 2015 deberán ser aprobados por el respectivo Consejo Directivo o el órgano que haga sus veces, e informados a la Superintendencia del Subsidio Familiar y al Ministerio de Salud y Protección Social - Dirección de Financiamiento Sectorial".

De conformidad con el artículo 6º de la Resolución2233 de 2015, la Superintendencia Nacional de Salud es el órgano competente para impartir las...

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