Circular externa número 10 de 2014 - 18 de Noviembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 544608106

Circular externa número 10 de 2014

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
Número de Boletín49339

(noviembre 13)
PARA: Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Directores, Gerentes, Jefes de Oficina Jurídica, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, Juzgados Administrativos, Tribunales Administrativos, Consejo de Estado, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Fiscalía General de la Nación.
DE: Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
ASUNTO: Lineamientos sobre pago de intereses de mora de sentencias, laudos y conciliaciones
CIUDAD Y FECHA: Bogotá, D. C., 13 de noviembre de 2014

l. PRESCRIPCIONES GENERALES

1.1. La Ley 1444 de 2011, desarrollada por el Decreto-ley 4085 de 2011, establece las competencias de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en materia de defensa judicial, prevención de conductas antijurídicas y del daño antijurídico. En este marco de competencias, a la Agencia le corresponde expedir lineamientos dirigidos a objetivos específicos, identificados como resultado de los estudios analíticos que desarrolla, con la característica de que estos tienen carácter vinculante para las entidades públicas del orden nacional y sus abogados, conforme a lo ordenado por el numeral 2 del inciso 2º del artículo

6º del Decreto-ley 4085 de 2011.

1.2. En cumplimiento de este objetivo, la Agencia realizó un estudio para analizar el proceso de pagos de créditos judiciales y, en particular, para determinar el monto que la Nación paga por concepto de intereses de mora y las causas que los originan.

1.3. El estudio concluyó que el 82% de los pagos del rubro corresponde a pagos de sentencias, el 17% a conciliaciones y el 1% restante a otro tipo de documentos legales. Los intereses de mora se causan desde la ejecutoria de una sentencia o aprobación de una conciliación y hasta la fecha del desembolso que liquida la obligación.

1.4. Los resultados muestran que el tiempo promedio transcurrido entre la ejecutoria de una sentencia y el pago de la misma es de 14 meses; para las conciliaciones, el período entre la aprobación y el desembolso es de 7 meses. El pago de intereses de mora representa el 15% del rubro de sentencias y conciliaciones (correspondientes a más de 150 mil millones de pesos para el año 2012).

1.5. La Sala de Consulta del Consejo de Estado, en Concepto con número Único: 1100103-06-000-2013-00517-00, resolvió las dudas sobre la normatividad aplicable para el pago de sentencias y conciliaciones relacionadas con el periodo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR