Circular Externa número 000027 de 2012 - 23 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 403991022

Circular Externa número 000027 de 2012

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Gestión de Aduanas
Número de Boletín48592

Para: USUARIOS EXTERNOS

Asunto: OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO

Teniendo en cuenta el Decreto número 3568 de septiembre 27 de 2011, por el cual se implementa el Operador Económico Autorizado en Colombia y las Resoluciones números 011434 y 011435 de octubre de 2011 y para efecto del trámite de solicitud de autorización, es importante precisar algunos aspectos, así:

  1. Concepto de Asociado de Negocio

    En concordancia con la definición establecida en el artículo 2º de la Resolución número 011435 de 2011, se entenderá que el asociado de negocio es toda persona que mantiene una relación de negocios enmarcada dentro de la cadena de suministro internacional con el operador de comercio exterior.

    Por tanto un asociado de negocio puede provenir de cualquiera de las siguientes etapas:

    · Compras, ventas y adquisiciones.

    · Producción.

    · Empaques y embalajes.

    · Almacenamiento, depósitos, distribución.

    · Transporte.

    · Preparación de documentos.

    Los proveedores de materias primas solo se deben informar como asociados de negocio cuando:

    · Las materias primas son el objeto de exportación.

    · Las materias primas se encuentran sujetas a vistos buenos o certificaciones de las entidades sanitarias.

  2. Requisito de manifestación suscrita para asociado de negocio

    Para dar cumplimiento al requisito "Debe demostrar mediante manifestación suscrita por sus asociados de negocio no autorizados como Operador Económico Autorizado en Colombia ni certificados por otro programa de seguridad administrado por una aduana extranjera, que cumplen los criterios mínimos del Operador Económico Autorizado", la manifestación suscrita se podrá entender como una confirmación escrita o electrónica de:

    · Obligaciones contractuales.

    · Cuestionario de seguridad.

    · Documento expedido por el representante legal del asociado certificando cumplimiento.

    · Declaración escrita del asociado demostrando el cumplimiento de los criterios mínimos de la OEA.

  3. Requisitos o criterios mínimos para asociados de negocio

    Teniendo en cuenta que a la fecha se encuentran establecidos los requisitos mínimos solo para exportadores, que posteriormente se expedirán para los demás usuarios en la medida en que la gradualidad en la implementación así lo permita y dado que existen asociados que no serán elegibles para ser autorizados como Operador Económico Autorizado, se precisan los siguientes requisitos o criterios mínimos que deben cumplir estos asociados de negocio:

  4. DE LA ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE LA...

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