Circular externa número 415-000003 de 2019
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de Sociedades |
Número de Boletín | 50953 |
Atención al Público en la Baranda Física del Grupo de Apoyo Judicial
Señores
USUARIOS DE LOS PROCESOS JURISDICCIONALES
Superintendencia de Sociedades Ciudad
Con un cordial saludo y en desarrollo de las Políticas de Atención al Público dispuestas por la Superintendencia de Sociedades, y con el fin único de buscar la adecuada prestación del servicio público y de la gestión documental en la atribución del ejercicio de las funciones jurisdiccionales que presta esta Entidad, en materia de Procedimientos Mercantiles y de Insolvencia, se hace importante poner en contexto las siguientes directrices relacionadas con las funciones secretariales y administrativas del Grupo de Apoyo Judicial de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones números 100-003113 y 100- 003114 del 5 de marzo de 2019:
1. ATENCIÓN AL PÚBLICO EN BARANDA.
El Grupo de Apoyo Judicial tiene a su cargo la función de atender a los usuarios externos respecto de los procesos que se adelantan en las Delegaturas para los Procedimientos de Insolvencia y Mercantiles. Se advierte que esta función no es con fines de asesoramiento o de suministro de información con conocimientos especializados y de valor agregado en materia de insolvencia o concursal, la función se limita única y exclusivamente, con carácter secretarial e informativo y como garante de la gestión documental y de atención al usuario, a: Suministrar información -entre algunas otras-, respecto de:
· El estado actual de los procesos;
· Las notificaciones por estado de las providencias expedidas en curso de los procesos jurisdiccionales que se adelantan en esta Entidad;
· Los traslados;
· Los avisos;
· La ejecutoria de las providencias;
· La expedición de las copias que se requieran por parte de los usuarios;
· La información sobre los datos de contacto de nuestros auxiliares de la justicia;
· El préstamo de expedientes;
· La devolución de documentos relacionados con solicitudes de admisión a procesos de insolvencia que hubiesen sido rechazadas.
Ahora bien, con el fin de brindar una atención de forma eficiente y eficaz a los diferentes sujetos procesales que se acerquen a la baranda física del Grupo de Apoyo Judicial, se deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos básicos, enfocados a unificar los criterios de servicio al ciudadano:
1.1. A cada usuario se le suministrará información general respecto de MÁXIMO 5 PROCESOS. En caso de requerir consulta sobre más sociedades, deberá solicitarse un nuevo turno, el cual...
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