CIRCULAR EXTERNA NUMERO 024 DE 2008 , (agosto 26 ) - 26 de Agosto de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000290

CIRCULAR EXTERNA NUMERO 024 DE 2008 , (agosto 26 )

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Número de Boletín47099

De: Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Para: Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.

Asunto: Pagos de los trámites requeridos en la Supervigilancia .

Fecha: 26 de agosto de 2008.

En desarrollo de las políticas de mejoramiento en el proceso de Atención a los Vigilados y a la Ciudadanía en general, se informa el procedimiento de pago de tasas por la prestación de servicios a nombre de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 1.

Los pagos por prestación de servicios, se deben realizar exclusivamente en efectivo o cheque de gerencia en la Cuenta Corriente del Banco Popular número 050-00149-4, DTN-SVSP, del Banco Popular, a nombre de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, de acuerdo con los siguientes códigos rentísticos: {VER TABLA EN PDF ADJUNTO} * Hace referencia exclusivamente a las credenciales que se expiden al personal directivo y operativo de las empresas de vigilancia y departamentos de seguridad. ** También se incluyen los pagos por concepto de licencias a consultores, asesores e in vestigadores. *** Incluyen los cobros realizados por parte de la Oficina de Cobro Coactivo de la Super vigilancia . 2.

No se aceptaran recibos de consignaciones del Grupo Aval. 3.

En las consignaciones se deberá incluir el código rentístico establecido en el numeral 1 de la presente circular. 4.

Para el trámite de credenciales del personal operativo, la empresa realizará una sola con signación por cada solicitud, independientemente del número de personal a carnetizar . 5.

No se aceptará más de una consignación por trámite solicitado.

El valor de la con signación debe ser por el valor exacto del trámite. 6.

Se solicita tener especial cuidado con el monto a consignar, toda vez que los valores consignados en exceso, toman un tiempo superior a tres meses para su devolución;

razón por la cual se recomienda consultar la Resolución número 2328 del 18 de junio de 2008, "por la cual se fijan las tarifas para la expedición de los permisos del Estado para los servicios de vigilancia y seguridad privada, licencias de...

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