Circular número 051 de 2012 - 28 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 414512850

Circular número 051 de 2012

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín48657

Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR

Asunto: DISTRIBUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTINGENTE DE EXPORTACIÓN DE AZÚCAR Y PRODUCTOS CON AZÚCAR DENTRO

DEL ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN COMERCIAL COLOMBIA -ESTADOS UNIDOS

Fecha: Bogotá D. C., 21 de diciembre de 2012.

En el marco de las recomendaciones efectuadas por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, en la Sesión 251 del 17 de diciembre de 2012, de manera atenta se informan los parámetros para la distribución y administración para el año 2013 de las 50.750 toneladas métricas del contingente de exportación de azúcar y productos con contenido de azúcar, previsto en el acuerdo para la Promoción Comercial, suscrito entre Colombia y Estados Unidos. La distribución se efectuará entre los siguientes grupos de productos así:

Grupo Subpartidas % Contingente asignado Toneladas métricas
Azúcar 1701.13.00.00, 1701.14.00.00, 1701.12.00.00, 1701.91.00.00, 1701.99.90.00 88% 44.660
Productos con Azúcar 1702.20.00.00, 1702.30.20.00, 1702.30.90.00, 1702.40.20.00, 1702.60.00.00, 1702.90.40.00, 1704,90.10.00, 1704.90.90.00, 1702.90.90.00, 1806.10.00.00, 1806.20.90.00, 1806.90.00.90, 1901.20.00.00, 1901.90.20.00, 1901,90.90.00, 2101.12.00.00, 2101.20.00.00, 2103.90.20.00, 2106.90.99.00. 12% 6.090

El contingente será administrado por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones.

Asignación

Para el Grupo de Azúcar la distribución del contingente se realizará por prorrateo considerando el total del nivel de producción del solicitante para el año 2012 con respecto a las solitudes presentadas. En el evento que no se solicite la totalidad del cupo al que tiene derecho un solicitante, el excedente se distribuirá entre los demás solicitantes.

Para el Grupo de Productos con azúcar, la asignación del contingente se efectuará por prorrateo del total de las solicitudes recibidas. Para la asignación de este cupo, el 90% del mismo se asignará a los usuarios históricos y el 10% restante a usuarios nuevos.

Para los efectos, se consideran usuarios históricos aquellos que hayan realizado exportaciones por las subpartidas del contingente del Grupo de Productos con Azúcar en alguno de los últimos 3 años (2009-2011).

TONELADAS MÉTRICAS TIPO DE USUARIO TONELADAS MÉTRICAS ASIGNADAS POR
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