Resolución número 00008 de 2014, por la cual se regula el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social ( DPS) y del Fondo de Inversión para la Paz (FIP) - 4 de Junio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 513977350

Resolución número 00008 de 2014, por la cual se regula el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social ( DPS) y del Fondo de Inversión para la Paz (FIP)

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social
Número de Boletín49172

El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, en ejercicio de las atribuciones legales conferidas por la Ley 489 de 1998 y el Decreto número 4155 de 2011, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución número 357 de 2008 de la Contaduría General de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política, determinan la obligatoriedad de las entidades y organismos del sector público para diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno.

Que el artículo 354 de la Constitución Política le asigna al Contador General la función de llevar la Contabilidad General de la Nación y consolidarla con la de sus entidades descentralizadas territoriales o por servicios, así como determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la ley.

Que el artículo 3º de la Ley 87 de 1993, establece que el Sistema de Control Interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación, información y operacionales de la respectiva entidad.

Que en el marco del Modelo Estándar de Control Interno -MECI 1000:2005- es necesario implementar controles al proceso contable público, para que la información contable de las entidades logre las características de confiabilidad, relevancia y comprensibilidad a que se refiere el marco conceptual del Plan General de Contabilidad Pública.

Que el Contador General de la Nación expidió la Resolución número 357 del 23 de julio de 2008 "por la cual se adopta el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación".

Que el subnumeral 3.11 del numeral 3 Procedimiento de Control Interno Contable, del Anexo Procedimiento para la Implementación y Evaluación del Control Interno Contable de la Resolución número 357 del 23 de julio de 2008 de la Contaduría General de la Nación, faculta a los entes públicos para evaluar la pertinencia de constituir e integrar el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable, como una instancia asesora del área contable de las entidades que procura por la generación de información contable, confiable, relevante y comprensible, sin perjuicio de las responsabilidades y autonomía que caracterizan el ejercicio profesional del contador público.

Que el artículo 65 de la Ley 489 de 1998 establece que en los Departamentos Administrativos funcionarán las unidades, consejos, comisiones o comités técnicos que se requieran para el cumplimiento de sus funciones legales.

Que mediante Resoluciones números 04844 de julio 24 de 2009 y 10877 de diciembre 30 de 2010, se creó el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Agencia Presidencial para...

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