Resolución número 1204 de 2014, por la cual se conforma el Comité Técnico Nacional de Especies Introducidas y/o Trasplantadas Invasoras en el territorio nacional y se reglamenta su funcionamiento. - 5 de Agosto de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 523725514

Resolución número 1204 de 2014, por la cual se conforma el Comité Técnico Nacional de Especies Introducidas y/o Trasplantadas Invasoras en el territorio nacional y se reglamenta su funcionamiento.

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49234

La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en desarrollo del artículo 4°, numerales 23 y 24, del artículo 5° de la Ley 99 de 1993 y artículo 2° del Decreto-ley 3570 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8° de la Constitución Política de Colombia señala que es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación;

Que el artículo 1° de la Ley 99 de 1993 establece los Principios Generales Ambientales, entre los cuales prevé el enunciado en el numeral 2, así: 2. "La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacionaly de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible" ;

Que el artículo 4° de la Ley 99 de 1993 señala: "Sistema Nacional Ambiental (SINA). El Sistema Nacional Ambiental (SINA) es el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales ambientales contenidos en esta ley. Estará integrado por los siguientes componentes." ;

Que el artículo 5° de la Ley 99 de 1993 señala las funciones del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de las cuales se destacan las enunciadas en los numerales 23 y 24, así: 23. "Adoptar las medidas necesarias para asegurar la protección de las especies de flora y fauna silvestres; tomar las previsiones que sean del caso para defender especies en extinción o en peligro de serlo (.)" 24. "Regular la conservación, preservación, uso y manejo del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, en las zonas marinas y costeras, y coordinar las actividades de las entidades encargadas de la investigación, protección y manejo del medio marino, de sus recursos vivos (...)" en consonancia con el

artículo 2°

del Decreto-ley 3570 de 2011;

Que el artículo 8° del Convenio sobre Diversidad Biológica, aprobado mediante la Ley 165 de 1994, se refiere a las obligaciones de Colombia como país parte del Convenio y, en su literal h), establece: "Impedirá que se introduzcan, controlará o erradicará las especies exóticas que amenacen a ecosistemas, hábitats o especies";

Que la Política Nacional para la Gestión Integral de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistémicos, publicada por este Ministerio en el año 2012, señala que las invasiones biológicas han sido reconocidas como la segunda causa global de pérdida de biodiversidad (Vitousek 1994, Vitousek et ál., 1997; Everett 2000; Wilcove et...

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