Resolución número 00087 de 2013, >por medio de la cual se conceptúa sobre la norma aplicable en materia de garantías concesiones marítimas y portuarias a cargo de Cormagdalena - 14 de Marzo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 428081650

Resolución número 00087 de 2013, >por medio de la cual se conceptúa sobre la norma aplicable en materia de garantías concesiones marítimas y portuarias a cargo de Cormagdalena

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena
Número de Boletín48732

El Director Ejecutivo de Cormagdalena, en uso de sus facultades legales y en especial, las conferidas en la Ley 1a de 1991, Ley 161 de 1994, Ley 1242 de 2008 y Decreto 4735 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 1a de enero 10 de 1991 se expidió el Estatuto de Puertos Marítimos, y establece en el ordinal 6 del artículo que las personas que deseen que se otorgue una concesión portuaria, deberán "garantizar en los término que establezca el reglamento, que en caso de obtener lo concesión, se constituirá uno sociedad portuario y que todas los obras necesarias para el cabal funcionamiento del puerto se iniciarán y terminarán en un plazo preciso".

Que mediante la Ley 1242 de agosto 5 de 2008 ese expidió el Código Nacional de Navegación y Actividades Portuarias Fluviales.

Que mediante el Decreto 4735 de diciembre 2 de 2009 se reglamentó el trámite de solicitudes de concesiones para el desarrollo de actividades portuarias previstas en la Ley 1a de 1991 y Ley 1242 de 2008, y en el numeral 9.1.3,1 del artículo 9º establece lo siguiente: Artículo 9º. Requisitos y anexos de la solicitud de contrato de concesión de que trata la Ley 1a de 1991. La solicitud de contrato de concesión de que trata la Ley 1a de 1991 con la correspondiente documentación y sus anexos, se presentará en medio física y magnético, en original y seis (6) copias. Los anexos deberán cumplir los siguientes requisitos; (... ) 9.1.3.1. Aportar la garantía a que se refiere el artículo 9º ordinal 6º de la Ley 1a de 1991 y sus normas reglamentarias".

Que el Decreto 2400 de julio 6 de 2010 reguló las garantías que se deben otorgar para los trámites de solicitudes y cumplimiento de las obligaciones de los contratos de las concesiones portuarias, concesión para embarcaderos, homologaciones y autorizaciones temporales en áreas marítimas y fluviales.

Que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR