Contaduría General de la Nación Resolución número 421 de 2011, por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública. - 26 de Diciembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 343856222

Contaduría General de la Nación Resolución número 421 de 2011, por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín48294
138
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.294
Lunes, 26 de diciembre de 2011
Que de acuerdo con las normas que regulan la prestación del servicio público de Bienestar
Familiar, compete al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector, coordinador
y articulador, reconocer, otorgar, suspender y cancelar personerías jurídicas y licencias de fun-
cionamiento a las Instituciones del Sistema que prestan servicios de protección a los menores
de edad o la familia y a las que desarrollen el programa de adopción.
Que el parágrafo 2° del artículo 60 de la Ley 1098 de 2006 establece que el Gobierno Nacional
y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar expedirán la reglamentación correspondiente
al funcionamiento y operación de las casas de madres gestantes y los programas de asistencia y
cuidado a mujeres con embarazos no deseados.
Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Regional ICBF Bogotá, otorgó Perso-
nería Jurídica y aprobó Estatutos a la Fundación Huellas de Amor mediante Resolución número
2678 del 26 de diciembre de 2008.
Que la Dirección General del ICBF, mediante Resoluci ón número 3675 del 26 de agosto
de 2011 aprobó la reforma de Estatutos de la Fundación Huellas de Amor, cuyo objetivo fue
entre otros, incluir la implementación del Programa de Atención Especializada Casa de Madres
Gestantes y Lactantes.
Que la representante legal de la Fundación Huellas de Amor, mediante comunicación radicada
bajo el número 019374 del 25 de marzo de 2011, solicitó al ICBF Licencia de Funcionamiento
para desarrollar el Programa de Atención Especializada Casa de Madres Gestantes en la Finca
Jumafaca, Vereda El Placer, municipio de Fusagasugá, vía Arbeláez del departamento de Cun-
dinamarca.
Que en desarrollo del trámite para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento,
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nistrativos, el Grupo Interdisciplinario conceptuó “(…) la Fundación Huella de Amor cumple con
los requisitos correspondientes para el otorgamiento de una licencia de funcionamiento inicial”.
Que la Fundación Huellas de Amor desarrollará el Programa de Atención Especializada Casa
de Madres Gestantes, con una capacidad de atención instalada de 32 cupos a la Finca Jumafaca,
Vereda El Placer, municipio de Fusagasugá, vía Arbeláez del departamento de Cundinamarca y
una población objeto de Madres Gestantes y Lactantes menores de edad.
Que en cumplimiento de lo establecido en los numerales 20 y 21 del artículo 7° del Decreto
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del acto administrativo de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento.
Que mediante Resolución número 3675 del 26 de agosto de 2011, la Dirección General
del ICBF aprobó la reforma estatutaria de la Fundación Huellas de Amor, cuyo objetivo fue
entre otros, incluir la implementación del Programa de Atención Especializada Casa de Madres
Gestantes y Lactantes.
Que esta Dirección General, con base en el pronunciamiento del Equipo Interdisciplinario de

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ros señalados en la Resolución número 3899 del 8 de septiembre de 2010, se hace procedente
otorgar por el término de tres (3) meses licencia de funcionamiento inicial para desarrollar el
Programa de Atención Especializada Casa de Madres Gestantes y lactantes, en la Modalidad
Internado de Atención Especializada, con una capacidad de atención instalada de 32 cupos y
una población objeto de Madres Adolescentes Gestantes y en período de lactancia y sus hijos
e hijas, en la Finca Jumafaca, Vereda El Placer, municipio de Fusagasugá, vía Arbeláez del
departamento de Cundinamarca.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.  Licencia de Funcionamiento Inicial a la Fundación Huellas de Amor,
con domicilio en la Finca Jumafaca, Vereda El Placer, municipio de Fusagasugá, vía Arbeláez
del departamento de Cundinamarca, para desarrollar el Programa de Atención Especializada de
Casa de Madres Gestantes y Lactantes, en la modalidad internado de Atención Especializada, con
una capacidad de atención instalada de 32 cupos y una población objeto de Madres Adolescentes
Gestantes y en período de lactancia y sus hijos e hijas, por el término de tres (3) meses contados
a partir de la fecha de su expedición.
Parágrafo 1°. Dentro del término de tres (3) meses contados a partir de la expedición de
la presente resolución, la Fundación Huellas de Amor deberá acreditar el cumplimiento de los
requisitos jurídicos y técnico-administrativos que se señalan en el informe de visita de fecha
8 de julio de 2011, acorde con las observaciones presentadas por el equipo interdisciplinario y
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de la presente resolución,
Parágrafo 2°. Dentro del término de dos (2) meses contados a partir de la expedición de la
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la acreditación de los requisitos pendientes para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
Artículo 2°.  de manera permanente y en lugar visible de la Fundación Huellas de
Amor, del municipio de Fusagasugá, vía Arbeláez, Cundinamarca, copia de la presente resolución.
Artículo 3°. Advertir que la Fundación Huellas de Amor del municipio de Cundinamarca,
queda sometida a las normas legales que regulan las Casas de Madres Gestantes, y que en caso
de incumplimiento se dará aplicación a las sanciones contempladas en estas normas.
Artículo 4°.  a través de la Regional ICBF Cundinamarca la presente resolución
a la representante legal de la Fundación Huellas de Amor, en los términos establecidos en el
Código Contencioso Administrativo, haciéndolo saber que contra la misma procede el recurso
de reposición ante esta Dirección General, el cual debe interponerse por escrito en el momento
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Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y deberá ser publicada en el
 por cuenta de la Fundación Huellas de Amor.
Publíquese, notifíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 2011.
La Secretaria General encargada de las funciones de la División General,
Rosa María Navaro Ordóñez.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21103026. 23-XII-2011. Valor $240.800.
V A R I O S
Contaduría General de la Nación
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 421 DE 2011
(diciembre 21)
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de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.
El Contador General de la Nación, en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo
354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por el literal a) del artículo
4° de la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el numeral 1 del artículo del Decreto 143 de 2004,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 354 de 2007 se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública,
conformado por el Plan General de Contabilidad Pública, el Manual de Procedimientos y la
Doctrina Contable Pública.
Que mediante la Resolución 355 de 2007 se adoptó el Plan General de Contabilidad Pública,
integrado por el Marco Conceptual y la Estructura y Descripciones de las Clases.
Que mediante la Resolución 356 de 2007 se adoptó el Manual de Procedimientos del Régi-
men de Contabilidad Pública, integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos
Contables y los Instructivos Contables.
Que la Ley 1438 de 2011, por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad
Social en Salud – SGSSS, estableció, como una de las metas, el acceso efectivo a los servicios
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recursos disponibles para obtener los mejores resultados en salud y calidad de vida de la pobla-
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salud, han requerido una continua adecuación de la normatividad, con la cual se han generado
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los servicios de salud a los usuarios.
Que para poder gestionar y controlar la cartera de las Instituciones Prestadoras de Servicios
de Salud-IPS- y de las Empresas Promotoras de Salud –EPS–, se requiere producir información
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misma.
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1438 de 2011 establecieron el giro directo de recursos del régimen subsidiado a las EPS y a las
IPS, proceso que se reglamentó mediante los Decretos 971 y 1700 de 2011 y las Resoluciones
2320 y 4182 de 2011, del Ministerio de la Protección Social.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 045 del 16 de noviembre
de 2011, con la cual se adoptan medidas para el pago de las reclamaciones que presentan las
instituciones públicas prestadoras de servicios de salud con cargo a los recursos de la Subcuenta
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Que igualmente el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 065 del 21
de noviembre de 2011 estableciendo una medida de pago dentro del procedimiento de recobro
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haga sus veces, para que de manera previa al proceso de auditoría integral, calcule y efectúe
pagos sobre los recobros radicados mensualmente.
Que los objetivos de la información contable pública buscan hacer útiles los estados, infor-

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de los recursos y el control de los mismos.
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ción radicada y con facturación pendiente de radicar, así como los abonos a la cartera por los
mecanismos de giro directo y giro previo, autorizados legalmente.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
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Catálogo General de Cuentas:
CÓDIGO DENOMINACIÓN
140901 Plan Obligatorio de Salud POS-EPS facturación pendiente de radicar
140903 Plan Subsidiado de Salud POSS-EPS facturación pendiente de radicar
140904 Servicios de salud-IPS privadas facturación pendiente de radicar
140905 Empresas de Medicina Prepagada - EMP facturación pendiente de radicar
140906 Servicios de salud — Compañías aseguradoras facturación pendiente de radicar
140909 Servicios de Salud - IPS públicas facturación pendiente de radicar
140910 Servicios de Salud - Entidades con régimen especial facturación pendiente de radicar
140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta facturación pendiente de radicar
140912 Riesgos profesionales - ARP facturación pendiente de radicar
140914 Atención Accidentes de Tránsito SOAT- Compañías de seguros facturación pendiente de radicar
140915 Reclamaciones Fosyga-ECAT facturación pendiente de radicar
140916 Convenios Fosyga - Trauma mayor y desplazados facturación pendiente de radicar
140918 Atención con cargo a recursos de acciones de salud pública facturación pendiente de radicar
141115 Cuentas por cobrar Fosyga pendientes de radicar

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