DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD Resolución número 1706 de 2010, por la cual se crea el Comité Asesor de los Controles y Cumplimiento de Derechos Humanos en las Actividades de Inteligencia y Contrainteligencia en el DAS y se establecen sus funciones - 13 de Enero de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 242552955

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD Resolución número 1706 de 2010, por la cual se crea el Comité Asesor de los Controles y Cumplimiento de Derechos Humanos en las Actividades de Inteligencia y Contrainteligencia en el DAS y se establecen sus funciones

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de Seguridad
Número de Boletín47951

5620 DE 2010 La Viceministra de Asuntos Multilaterales encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores, en uso de sus facultades legales y, en especial las conferidas por el articulo 115 de la Ley 489 de 1998 y el articulo 6°, numeral 13, del Decreto 3355 de 2009 y el Decreto 4758 del 23 de diciembre de 2010, CONSIDERANDO:

Que la funcion administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralizacion, la delegacion y la desconcentracion de funciones. Que la Ley 594 de 2000 denominada "Ley General de Archivos" contiene las pautas generales sobre la forma y procedimientos para la organizacion y planeacion de archivos al interior de las entidades del Estado en todos sus ordenes y niveles. Que de conformidad con el literal e) del articulo de la Ley 594 de 2000, se establece que: "El Archivo General de la Nacion es la entidad del Estado encargada de orientar y coordinar la funcion archivistica para coadyuvar a la eficiencia de la gestion del Estado y salvaguardar el patrimonio documental como parte integral de la riqueza cultural de la Nacion, cuya proteccion es obligacion del Estado, segun lo dispone el Titulo I de los principios fundamentales de la Constitucion Politica". Que "los secretarios generales o los funcionarios administrativos de igual o superior jerarquia, pertenecientes a las entidades publicas, a cuyo cargo esten los archivos publicos, tendran la obligacion de velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la informacion de los documentos de archivo y seran responsables de su organizacion y conservacion, asi como de la prestacion de los servicios archivisticos", conforme con lo dispuesto en el articulo 16 de la Ley 594 de 2000. Que la Ley 80 de 1989, señala las funciones del Archivo General de la Nacion, entre ellas y expedir los reglamentos necesarios para organizar la conservacion y el uso adecuado del patrimonio documental de la Nacion, de conformidad con los planes y programas que sobre la materia adopte la Junta Directiva. Que el articulo 4° del Acuerdo 12 de 1995 señala que "Cada entidad establecera un Comite de Archivo legalizado mediante el acto administrativo correspondiente, como un grupo asesor de la alta direccion, responsable de definir las politicas, los programas de trabajo y de la toma de decisiones en los procesos administrativos y tecnicos de los archivos". Que a traves del Decreto 3355 de 2009, se modifico la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, en consecuencia, se hace necesario, conformar el precitado Comite conforme con la actual estructura.

Que en consecuencia de lo anterior, RESUELVE:

Articulo 1° Crear el Comite de Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio. Paragrafo

El Comite de Archivo sera el organo asesor de la alta direccion, responsable de definir las politicas, los programas de trabajo y la toma de decisiones en los procesos administrativos y tecnicos de los archivos, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio. Articulo 2°. El Comite de Archivo estara integrado por los siguientes miembros, con derecho a voz y voto: a) El Secretario General o su delegado;

  1. El Director Administrativo y Financiero;

  2. El Jefe de la Oficina Asesora Juridica Interna;

  3. Jefe de la Oficina Asesora de Planeacion y Desarrollo Organizacional;

  4. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Archivo. 2 Jueves, 13 de enero de 2011 Paragrafo 1°. El Comite podra invitar a las sesiones a funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, de otras entidades estatales y a particulares, cuya presencia sea conveniente para la mejor ilustracion de los diferentes temas de competencia del Comite, o para aportar elementos de juicio necesarios en las sesiones correspondientes. Los mismos tendran derecho a voz pero no a voto. Paragrafo 2°. El Comite de Archivo sera presidido por el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado. Paragrafo 3°. La Secretaria del Comite de Archivo estara a cargo del coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores. Paragrafo 4°. Las sesiones del Comite de Archivo podran adelantarse virtualmente, pero independientemente del medio en que se realicen, debera elaborarse por la Secretaria del Comite un acta escrita, en la que conste la verificacion del quorum decisorio, el cual corresponde a un minimo de tres (3) miembros, y las decisiones se adoptaran, bajo la metodologia de la mayoria simple. Paragrafo 5°. El Comite de Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, realizara reuniones y sesionara cada vez que las mismas sean convocadas con una antelacion no inferior a cinco (5) dias habiles. Las sesiones se convocaran por lo menos una vez cada seis (6) meses o cada vez que se considere necesario evaluar un tema de competencia del Comite o implementar una nueva norma o directriz emitida por el Archivo General de la Nacion, su Junta Directiva o cualquier otro organo con facultades reglamentarias sobre la materia. Articulo 3°. Seran funciones del Comite de Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, las siguientes: a) Aprobar y adoptar las politicas y planes para la correcta ejecucion del sistema de archivo en el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio;

  5. Aprobar los planes de trabajo acorde con las nuevas tecnologias, las disposiciones legales sobre la materia y los acuerdos y directrices impartidos por el Archivo General de la Nacion y su Junta Directiva;

  6. Aprobar y ajustar las Tablas de Retencion Documental para el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, presentando las recomendaciones pertinentes;

  7. Recomendar a la señora Ministra, la expedicion de normas y reglamentos generales sobre la organizacion, administracion, y gestion de los documentos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio;

  8. Elaborar, y someter a consideracion de la Señora Ministra el Manual de Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 4°. La Secretaria del Comite de Archivo ejercera las siguientes funciones: a) Facilitar la comunicacion con los Miembros del Comite para lo cual proporcionara la informacion necesaria a efecto de plantear situaciones de interes para sus integrantes;

  9. Dar el caracter de confidencialidad a los documentos que lo requieran, conforme con los preceptos legales;

  10. Convocar a las sesiones del Comite;

  11. Preparar y presentar la agenda o el Orden del Dia de las sesiones del Comite previa convocatoria;

  12. Elaborar dentro de los cinco (5) dias siguientes a la correspondiente sesion la respectiva acta. La que debera suscribirse por los miembros asistentes;

  13. Realizar el seguimiento al cumplimiento de las decisiones y compromisos adquiridos en cada Comite por cada uno de los miembros, una vez aprobada y suscrita la respectiva acta. En caso de ser necesario, solicitara la correspondiente informacion sobre la ejecucion de los mismos;

  14. Manejar sistemas de alerta que permitan llamar la atencion de los integrantes al Comite a efecto de obtener respuestas oportunas;

  15. Mantener actualizado el marco juridico y las directrices del Archivo General de la Nacion;

  16. Custodiar los archivos pertinentes. Articulo 5°. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion, deroga la Resolucion numero 1860 de 2002 y las disposiciones que le sean contrarias. Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 30 de diciembre de 2010.

La Viceministra de Asuntos Multilaterales encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores, Patti Londoño Jaramillo.

(C. F.).

Ministerio de Hacienda y credito Publico RESOLUCION NUMERO 044 DE 2011 (enero 12) por la cual se autoriza a Empresas Publicas de Medellin E.S.P. para suscribir, emitir y colocar bonos de deuda publica externa en los mercados internacionales de capitales hasta por la suma de setecientos cincuenta millones de dolares (US$750.000,000) de los Estados Unidos de America o su equivalente en otras monedas y se dictan otras disposiciones.

El Director General de Credito Publico y Tesoro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR