Resolución número 087 de 2012, por la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes códigos en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 48660 |
La Dirección General del Presupuesto Público Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 18 del Decreto número 568 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, expidió el Decreto número 4970 del 30 de diciembre de 2011, "por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos";
Que de conformidad con el artículo 18 del Decreto número 568 de 1996, los recursos y sus correspondientes códigos de identificación que aparecen con los clasificadores en el decreto de liquidación y sus anexos son de carácter estrictamente informativo, por lo tanto la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá corregirlos, siempre que no se afecte el presupuesto de ingresos;
Que se requiere precisar el código de unas fuentes de financiación en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que no afecta el Presupuesto de Ingresos;
Que para la correcta ejecución se hace indispensable efectuar las correcciones de recursos necesarias, en concordancia con las normas citadas,
RESUELVE:
Efectuar las siguientes correcciones a los recursos y sus correspondientes códigos de identificación que aparecen con carácter informativo en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012.
SECCIÓN: 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
UNIDAD: 130101 GESTIÓN GENERAL
CUENTA | 6 | SERVICIO DE LA DEUDA EXTERNA | |
SUSCUENTA | 1 | AMORTIZACIÓN DEUDA PÚBLICA EXTERNA | |
OBJETO DE GASTOS | 1 | BANCA COMERCIAL | |
Dice: | |||
RECURSO | 13 | RECURSOS DEL CRÉDITO EXTERNO PREVIA AUTORIZACIÓN | $131.442.627 |
Debe decir: | |||
RECURSO | 11 | OTROS RECURSOS DEL TESORO | $131.442.627 |
OBJETO DE GASTO | 2 | BANCA DE FOMENTO | |
Dice: | |||
RECURSO | 13 | RECURSOS DEL CRÉDITO EXTERNO PREVIA AUTORIZACIÓN | $570.540.978 |
Debe decir: | |||
RECURSO | 11 | OTROS RECURSOS DEL TESORO | $570.540.978 |
OBJETO DE GASTO | 3 | GOBIERNOS | |
Dice: | |||
RECURSO | 13 | RECURSOS DEL CRÉDITO EXTERNO PREVIA AUTORIZACIÓN | $1.650.768.105 |
Debe decir | |||
RECURSO | 11 | OTROS RECURSOS DEL TESORO | $1.650.768.105 |
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