Resolución número CRA 647 de 2013, por la cual se presenta el proyecto de resolución 'por la cual se modifica la Resolución número CRA 294 de 2004y se dictan otras disposiciones', se da cumplimiento a lo previsto por el artículo 9º del Decreto número 2696 de 2004, y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector - 3 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 458625946

Resolución número CRA 647 de 2013, por la cual se presenta el proyecto de resolución 'por la cual se modifica la Resolución número CRA 294 de 2004y se dictan otras disposiciones', se da cumplimiento a lo previsto por el artículo 9º del Decreto número 2696 de 2004, y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
Número de Boletín48902

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994 los Decretos números 1524 de 1994 y 2696 de 2004, 2882 y 2883 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política de Colombia consagra como uno de los fines esenciales del Estado facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan;

Que el inciso 3º del artículo 78 de la Constitución Política de Colombia establece que el Estado garantizará la participación de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen;

Que la honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C-150 de 2003, definió cuatro criterios guía para la participación ciudadana frente a las Comisiones de Regulación; a saber:

(i) que los ciudadanos reciban la información correspondiente sobre el contenido proyectado de la futura regulación de manera oportuna;

(ii) que puedan presentar propuestas;

(iii) que las propuestas que presenten sean consideradas por la Comisión de Regulación competente en cada caso; y

(iv) que la Comisión responda motivadamente las propuestas que se le formulen en relación con la regulación que por su especial trascendencia despertó el interés de los usuarios;

Que el Decreto número 2696 de 2004 definió las reglas mínimas para garantizar la divulgación y participación en las actuaciones de las Comisiones de Regulación;

Que en aras de garantizar la transparencia de la información, el derecho de los prestadores y usuarios a participar en las decisiones regulatorias, la Comisión de Regulación de Agua Potable dando cumplimiento al artículo 9º del Decreto número 2696 de 2004, presentará al público, a los agentes y a los terceros interesados el texto del proyecto de resolución que modifica la Resolución número CRA 294 de 2004 y se dictan otras disposiciones;

Que para garantizar la participación ciudadana de que trata la Constitución Política, la normatividad vigente y el citado pronunciamiento de la honorable Corte Constitucional, se hace necesario poner a consideración de la ciudadanía en general, el presente proyecto de resolución, para que sea discutido, analizado y socializado, con el fin de que los interesados presenten observaciones o propuestas relacionadas con el contenido de la resolución que modifica la Resolución número CRA 294 de 2004 y se dictan otras disposiciones;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 1340 de 2009, "por medio de la cual se dictan normas en materia de protección a la competencia", la Superintendencia de Industria y Comercio podrá rendir concepto previo sobre los proyectos de regulación que puedan incidir sobre la libre competencia en los mercados. En este sentido, el artículo mencionado contempla que, "para estos efectos las autoridades de regulación informarán a la Superintendencia de Industria y Comercio de los actos administrativos que se pretendan expedir", razón por la cual el presente acto administrativo será remitido a la Superintendencia de Industria y Comercio para su conocimiento y demás fines pertinentes;

Que en mérito de lo expuesto, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico,

Artículo 1º Hacer público el proyecto de resolución, "por la cual se modifica la Resolución CRA 294 de 2004 y se dictan otras disposiciones", se da cumplimiento a lo previsto por el artículo 9º del Decreto número 2696 de 2004, y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector, en los siguientes términos:

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994, los Decreto números 1524 de 1994 y 2882 y 2883 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 294 de 2004 la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA en ejercicio de sus funciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 73.21 y 87.2 de la Ley 142 de 1994, reguló "la devolución de cobros no autorizados para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, como criterio general de protección de los derechos de los usuarios en lo relativo a la factura";

Que con posterioridad a la expedición de la Resolución número 294 de 2004, se han expedido nuevas normas que guardan relación con los aspectos regulados en dicha resolución, como la Ley 1437 de 2011 por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sumado a la necesidad de reforzar algunos aspectos de la devolución por vía general contenida en aquella e introducir nuevos elementos;

Que por lo anterior, se ha identificado la necesidad de modificar el texto de la Resolución número CRA 294 de 2004;

Que conforme a lo dicho por la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-150 de 2003 la regulación es una actividad continua que comprende el seguimiento de la evolución del sector correspondiente y que implica la adopción de diversos tipos de decisiones y actos adecuados tanto a orientar la dinámica del sector hacia los fines que la justifican en cada caso como a permitir el flujo de actividad socio-económica respectivo... A estos elementos de la función estatal de regulación, se puede sumar otro que ha conducido a que el esquema de regulación adoptado por el constituyente o el legislador adquiera rasgos específicos. En efecto, en algunos sectores, se presenta la necesidad de proteger los derechos de las personas. Cuando ello ocurre, la función de regulación se orienta en sus aspectos estructurales, instrumentales y procedimentales al cumplimiento de esafinalidad primordial. Es lo que sucede en el sector de los servicios públicos donde la Constitución ha protegido específicamente los derechos de los usuarios (artículos 78 y 369 C.P.). Ello conduce a que en estos ámbitos la función de regulación estatal esté orientada constitu-cionalmente al logro de unos fines sociales también específicos como los de redistribución y solidaridad en el ámbito de los servicios públicos domiciliarios (artículo 367 C.P.) o el de acceso universal en todos los servicios (artículo 365 C.P.);

Que de acuerdo con el numeral 87.4 del artículo 87 ídem por suficiencia financiera se entiende, "que las fórmulas de tarifas garantizarán la recuperación de los costos y gastos propios de operación, incluyendo la expansión, la reposición y el mantenimiento; permitirán remunerar el patrimonio de los accionistas en la misma forma en la que lo habría remunerado una empresa eficiente en un sector de riesgo comparable; y permitirán utilizar las tecnologías y sistemas administrativos que garanticen la mejor calidad, continuidad y seguridad a sus usuarios";

Que conforme al numeral 87.8 del artículo 87 ídem, "toda tarifa tendrá un carácter integral, en el sentido de que supondrá una calidad y grado de cobertura del servicio, cuyas características definirán las comisiones reguladoras. Un cambio en estas características se considerará como un cambio en la tarifa";

Que conforme al numeral 79.1 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994 subrogado mediante el artículo 13 de la ley 689 de 2001, le corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos, vigilar y controlar el cumplimiento de las...

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