Resolución número CRA 664 de 2013, por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución CRA 643 de 2013 y se presenta el proyecto de resolución, 'por la cual se adiciona el artículo 1º de la Resolución CRA 643 de 2013 y se dictan otras disposiciones', se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 del artículo 11 del Decreto número 2696 de 2004, y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector - 7 de Enero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 485195630

Resolución número CRA 664 de 2013, por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución CRA 643 de 2013 y se presenta el proyecto de resolución, 'por la cual se adiciona el artículo 1º de la Resolución CRA 643 de 2013 y se dictan otras disposiciones', se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 del artículo 11 del Decreto número 2696 de 2004, y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
Número de Boletín49026

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 1450 de 2011, los Decretos números 1524 de 1994 y 2696 de 2004, 2882 y 2883 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política consagra como uno de los fines esenciales del Estado facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan;

Que el inciso 3º del artículo 78 de la Constitución Política establece que el Estado garantizará la participación de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen;

Que la Corte Constitucional mediante Sentencia C-150 de 2003, definió cuatro criterios guía para la participación ciudadana frente a las Comisiones de Regulación; a saber: (i) que los ciudadanos reciban la información correspondiente sobre el contenido proyectado de la futura regulación de manera oportuna; (ii) que puedan presentar propuestas; (iii) que las propuestas que presenten sean consideradas por la Comisión de Regulación competente en cada caso; y (iv) que la Comisión responda motivadamente las propuestas que se le formulen en relación con la regulación que por su especial trascendencia despertó el interés de los usuarios;

Que el Decreto número 2696 de 2004 definió las reglas mínimas para garantizar la divulgación y participación en las actuaciones de las Comisiones de Regulación;

Que respecto de los proyectos regulatorios de carácter tarifario en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto número 2696 de 2004, se estableció que antes de 12 meses de la fecha prevista para que termine la vigencia de las fórmulas tarifarias, se deberá poner en conocimiento de las personas prestadoras y de los usuarios, las bases sobre las cuales se efectuará el estudio para determinar las fórmulas del período siguiente;

Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), en cumplimiento de lo establecido en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto número 2696 de 2004, divulgó y puso en conocimiento de las personas prestadoras y los usuarios, el documento: "Bases de los estudios para la revisión del marco tarifario para el servicio público de aseo" , aprobado en Sesión de Comisión el 21 de diciembre de 2010 y desarrollaron actividades complementarias para garantizar la participación ciudadana, dentro de las cuales se encuentran 11 eventos de participación ciudadana además de presentaciones en actividades relevantes en el sector;

Que de conformidad con lo estipulado en el numeral 11.3 del artículo 11 del Decreto número 2696 de 2004, dichos estudios constituyen elementos de juicio para la Comisión y, en consecuencia, no la comprometen;

Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 11.4 del artículo 11 del Decreto número 2696 de 2004, tres (3) meses antes de la fecha prevista para que inicie el periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias, se deberá hacer público en la página web de la Comisión, los proyectos de metodologías y de fórmulas, los estudios respectivos y el texto del proyecto de resolución;

Que para garantizar la participación ciudadana de que trata la Constitución Política, la normatividad vigente y el citado pronunciamiento de la Corte Constitucional, se hace necesario poner a consideración de la ciudadanía en general, el presente proyecto de resolución, para que sea discutido, analizado y socializado, con el fin de que los interesados presenten observaciones o propuestas relacionadas con la metodología tarifaria para las personas prestadoras del servicio público de aseo;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 1340 de 2009, "por medio de la cual se dictan normas en materia de protección a la competencia", la Superintendencia de Industria y Comercio podrá rendir concepto previo sobre los proyectos de regulación que puedan incidir sobre la libre competencia en los mercados. En este sentido, el artículo mencionado contempla que: "Para estos efectos las autoridades de regulación informarán a la Superintendencia de Industria y Comercio de los actos administrativos que se pretendan expedir", razón por la cual el presente acto administrativo será remitido a la Superintendencia de Industria y Comercio para su conocimiento y demás fines pertinentes;

Que en lo que respecta a la Resolución CRA 643 de 2013, la participación ciudadana de dicho proyecto inició a partir de la fecha de publicación del mismo en el Diario Oficial, que se produjo el 25 de junio de 2013, por lo que, en principio finalizaría el día 25 de septiembre de 2013.

Que no obstante lo anterior, el Gobierno Nacional, el Congreso de la Republica, los Vocales de Control y la Procuraduría General de la Nación mediante Radicado CRA número 2013-321-004602-2 del 24 de septiembre de 2013, manifestaron la necesidad de ampliar el plazo de envío de los comentarios y observaciones a la citada resolución, por lo que en Sesión de Comisión Ordinaria número 199 del 24 de septiembre de 2013, se expidió la Resolución CRA 655 del 24 de septiembre de 2013, con la que se amplió en un mes el término inicialmente planteado;

Que mediante Radicado CRA 2013-321-005036-2 del 11 de octubre de 2013, el Vice-ministerio de Agua y Saneamiento Básico, remitió a la UAE-CRA el proyecto de decreto, "por el cual se reglamentan las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001 en relación con la prestación del servicio público de aseo y parcialmente el artículo 251 de la Ley 1450 de 2011", firmado por el Ministro de Vivienda Ciudad y Territorio y se solicitó su armonización con la propuesta del nuevo Marco Regulatorio del Servicio Público de Aseo. Lo anterior también fue solicitado por la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco), mediante Radicado CRA 2013-321-005135-2 del 18 de octubre de 2013;

Que en desarrollo de la actividad regulatoria, esta Comisión determinó que se hace necesario establecer el factor de productividad e incluir la metodología para la estimación del consumo en el marco de la prestación del servicio público de aseo en la Resolución CRA 643 de 2013;

Que con los aspectos antes citados, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, mediante Resolución CRA 658 de 2013, amplió el plazo para recibir las observaciones, reparos y sugerencias de la Resolución CRA 643 de 2013, por el término de dos meses, a partir de su publicación;

Que en los considerandos de la citada resolución, se indicó:

"En consecuencia se hace necesario ampliar el término de participación ciudadana por el término de dos (2) meses adicionales contados a partir de la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, con el fin de establecer el factor de productividad, incluir la metodología para la estimación del consumo en el marco de la prestación del servicio público de aseo y armonizar la Resolución CRA 643 de 2013 con el decreto que modifique el Decreto número 1713 de 2002 y lo dispuesto en la Ley 689 de 2001;

Que una vez finalizados los dos meses antes indicados, se presentará el proyecto que armoniza los aspectos mencionados, a participación ciudadana durante el término de tres meses, para que el sector pueda discutir en su integralidad el proyecto del nuevo marco tarifario de aseo;"

Que en mérito de lo expuesto, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 2º de la Resolución CRA 643 del 24 de junio de 2013, en el sentido de ampliar el plazo allí establecido, por lo cual, el mencionado artículo quedará así:

Artículo 2º. Continuar el proceso de discusión directa con los usuarios, prestadores, gremios y demás agentes del sector e interesados. Para el efecto, amplíese por tres meses para recibir las observaciones, reparos o sugerencias.

Artículo 2º. Hacer público el proyecto de resolución, "por la cual se presenta el proyecto de resolución, "por la cual se adiciona el artículo 1º de la Resolución CRA 643 de 2013 y se dictan otras disposiciones", y se continúa el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector", el cual se presenta en los siguientes términos:

"RESOLUCIÓN CRA... DE 2013

(.)

por la cual se adiciona la Resolución CRA 643 de 2013 y se dictan otras disposiciones.

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994, los Decretos números 1524 de 1994 y 2882 y 2883 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 365 de la Constitución Política dispone que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y que es su deber asegurar la prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional;

Que el artículo 370 Superior prevé que corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y la vigilancia de las entidades que los presten;

Que el artículo 68 de la Ley 142 de 1994 establece que el señalamiento de tales políticas, se podrá delegar en las Comisiones de Regulación;

Que el Presidente de la República mediante Decreto número 1524 de 1994, delegó en las Comisiones de Regulación, la función de señalar políticas generales de administración y control de eficiencia en los servicios públicos domiciliarios;

Que el artículo 2º...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR