Decreto número 314 de 2014, por medio del cual se modifica el artículo 1º del Decreto número 2787 del 28 de diciembre de 2012, que modificó elDecreto número 4977del 30 de diciembre de 2011, modificatorio del artículo 2º del Decreto número 2960 del 17 de agosto de 2011, 'por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1407 de 2010 y se adoptan medidas para implementar el Sistema Penal Acusatorio en la Jurisdicción Penal Militar' - 19 de Febrero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 493644018

Decreto número 314 de 2014, por medio del cual se modifica el artículo 1º del Decreto número 2787 del 28 de diciembre de 2012, que modificó elDecreto número 4977del 30 de diciembre de 2011, modificatorio del artículo 2º del Decreto número 2960 del 17 de agosto de 2011, 'por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1407 de 2010 y se adoptan medidas para implementar el Sistema Penal Acusatorio en la Jurisdicción Penal Militar'

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49069

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 623, 624 y 627 de la Ley 1407 de 2010,

CONSIDERANDO:

Que con la Ley 1407 de 2010 publicada en el Diario Oficial número 47.804 de 17 del agosto del mismo año, se expidió el Código Penal Militar.

Que el artículo 623 de la mencionada ley, autoriza al Gobierno Nacional previo los estudios respectivos, a tomar las decisiones correspondientes para la implementación sucesiva del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar.

Que el artículo 624 de dicha ley, establece los criterios y factores para el cumplimiento de las funciones inherentes a la implementación del Sistema Penal Acusatorio.

Que el artículo 625 ibídem, señala que el Gobierno Nacional para garantizar el funcionamiento del nuevo sistema, ajustará la planta de personal con los funcionarios y empleados que actualmente se encuentran vinculados a la Justicia Penal Militar y los que se requieran para su implementación.

Que el artículo 627 de la referida norma, señala que el Ministerio de Defensa Nacional en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecerá el plan de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar, acorde con el marco fiscal de mediano plazo del sector defensa y el marco de gasto de mediano plazo del mismo sector.

Que de conformidad con las normas transcritas, el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 2787 del 28 de diciembre de 2012, el cual modificó el artículo 1º del Decreto número 4977 de 30 de diciembre de 2011, que en su artículo 1º modificó el artículo 2º del Decreto número 2960 del 17 agosto de 2011, que reglamenta parcialmente la Ley 1407 de 2010, señalando: "Artículo 1º. Modifícase el artículo 2º del Decreto número 2960 del 17 de agosto de

2011, determinando que las cuatro (4) fases territoriales de desarrollo anual...

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