Resolución número 0421 de 2013, por la cual se establece el cupo global para el otorgamiento de autorizaciones de aprovechamiento forestal en la jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Chocó (Codechocó) - 9 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 435889806

Resolución número 0421 de 2013, por la cual se establece el cupo global para el otorgamiento de autorizaciones de aprovechamiento forestal en la jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Chocó (Codechocó)

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín48785

La Directora (E) de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 42 del artículo de la Ley 99 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Antecedentes

Que el numeral 42 del artículo de la Ley 99 de 1993 prescribe que le corresponde al hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible fijar los cupos globales de aprovechamiento de los bosques naturales con base en los cuales las Corporaciones Autónomas Regionales otorgarán los correspondientes permisos y autorizaciones;

Que el inciso 9º del artículo 39 de la Ley 99 de 1993 estableció que las licencias ambientales para explotaciones mineras y de construcción de infraestructura vial y los permisos y concesiones de aprovechamiento forestal serán otorgados por el Director Ejecutivo de Codechocó con el conocimiento previo del Consejo Directivo y la aprobación del Ministro del Medio Ambiente;

Que el numeral 10 del artículo 16 del Decreto número 3570 de 2011 señala que corresponde al Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, proponer los criterios y metodologías a fin de establecer las especies y cupos globales para el aprovechamiento de bosques naturales y especies de flora y fauna silvestres;

Que el Ministerio de Ambiente ha otorgado a Codechocó desde el año 1997 hasta el año 2008, tres (3) cupos globales de aprovechamiento, teniendo en cuenta consideraciones relacionadas a la demanda del recurso, según se resume en la siguiente tabla:

Corporación Resolución Fecha de expedición Volumen otorgado (m3) Método de asignación
cODECHOCÓ 540 20/05/1997 223.000 Análisis de las solicitudes
984 22/11/1999 211.411 Análisis de solicitudes y con planes de manejo, volúmenes movilizados y estimación de la oferta
2101 28/11/2008 1.564.000 Análisis de solicitudes y de valores promedio por hectárea.

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, mediante comunicación número de Radicado 8120-2-23132 del 28 de febrero de 2012, solicita a Co-dechocó allegar información relacionada con el cupo de aprovechamiento forestal otorgado a esta Corporación, a través de la Resolución número 2101 del 28 de noviembre de 2008;

Que Codechocó mediante comunicación número de Radicado 4120-E1-37470 de fecha 14 de mayo de 2012, remite a la Dirección de Bosques información adicional como requisito de cupo global, con base en el numeral 42 del artículo de la Ley 99 de 1993, en la cual relaciona las siguientes acciones.

Que Codechocó mediante comunicación número de Radicado 4120-E1-44211 de fecha 10 de agosto de 2012, remite a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosis-témicos complemento de información base para solicitud de cupo global.

Que el Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó, establece a Codechocó una Medida Cautelar número 82 adoptada el 15 de agosto de 2012, consistente en la restricción a la explotación de los recursos forestales y faunísticos autorizados por autorización contractual de Codechocó, en consideración a la inexistencia de los Planes General y Sectoriales o Regionales para el aprovechamiento forestal y faunístico en su jurisdicción; se estaban ejecutando varios contratos para la explotación de los recursos naturales de flora y fauna, sin la información precisa para tener mínimos elementos de convicción de su conformidad contractual con las exigencias legales; y no obraban en el expediente informes técnicos semestrales de seguimiento a las autorizaciones, ni las guías técnicas que contienen la correcta forma de explotar los recursos naturales;

Que el Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó, mediante Auto número 530 del 9 de octubre de 2012, levanta la medida cautelar decretada en providencia del 15 de agosto de 2012, consistente en la restricción a la explotación de los recursos forestales y faunísticos autorizados por autorización contractual de Codechocó;

Que el Consejo Directivo de Codechocó, a través del Acuerdo número 15 del 12 de diciembre de 2012, adopta y aprueba tres (3) Planes de Ordenación Forestal en las cuencas de los ríos Tagachí-Buey, Baudó y Quito en la jurisdicción de Codechocó.

Consideraciones del Despacho

  1. Fundamentos Técnicos

Que en uso de las facultades que habían sido delegadas por el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial mediante Resolución número 1393 del 8 de agosto de 2007, al Director de Ecosistemas para fijar los cupos globales y determinar las especies para el aprovechamiento de bosques naturales y la obtención de especímenes de flora y fauna silvestres, en los casos en que haya lugar, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos emitió concepto técnico de abril 8 de 2013, el cual, entre otros aspectos, señala lo siguiente:

Información de Gestión Forestal

Cobertura en Bosques Naturales

La jurisdicción de Codechocó es de 4.800.541 ha, de las cuales según el Ideam1, se reporta en la jurisdicción de Codechocó una superficie en bosques naturales estables para el periodo 2005-2010 de 3.576.928 hectáreas, es decir, corresponde al 74.5% de la superficie total de la Corporación.

Tasa de Deforestación

Según datos suministrados por el Ideam2, se registró durante el periodo 2005-2010 en la jurisdicción de Codechocó una deforestación de 75.277 hectáreas, es decir, un 2,1% de pérdida de bosques para este periodo en relación a la superficie reportada para el mismo periodo.

El promedio de deforestación anual corresponde a 15.055 hectáreas, para el periodo 2005- 2010, la pérdida general de bosque en la jurisdicción ha venido en constante aumento, el porcentaje de pérdida de bosques en Codechocó corresponde al 6 % del total nacional, en este caso las principales coberturas establecidas (2005-2010) en áreas boscosas se transforman en vegetación secundaria (47.276 ha-62 %) y pastos (11.149 ha-14 %).

Figura 1.

Proceso de deforestación en la jurisdicción de Codechocó discriminado por coberturas

(Fuente: Ideam 2012).

Según información remitida por la Corporación hay 82 títulos mineros legales en el departamento de Chocó, todos de categoría media; de los cuales 36 están orientados a la explotación de minerales preciosos: 20 de oro, 9 de oro y platino, 16 de oro de aluvión y uno de torodoros, que suman 71.518 ha, en tanto a la minería ilegal existen 116 minas identificadas entre el 2007 y 2010, en las cuales se han encontrado 710 retroexcavadoras, las cuales destruyen un promedio de 3 ha/año por entable minero, lo cual indica una destrucción de 348 ha/año de los entables identificados.

El 35% del área del municipio de Unguía y Acandí, equivalentes a 41.488 hectáreas están impactados por las actividades de ganadería extensiva.

Existe un potencial aumento de la deforestación relacionada con la ampliación y pavimentación de las vías de acceso categorizadas como de primer orden (vías Quibdó-Medellín y Quibdó-Pereira) las cuales conectan los municipios de Atrato, Cértegui, Unión Panamericana y Tadó, con una distancia de 275,8 km. Y las de segundo orden hay 19 vías con 210 km, y 24 vías de tercer orden con 248,8 km.

Según los adelantos obtenidos en el marco de la implementación del Corredor de Conservación Choco-Manabí (Colombia-Ecuador), se ha identificado que en Cuenca del río San Juan, los municipios de San José del Palmar y Condoto, departamento del Chocó, se concentran los procesos de transformación del paisaje (fragmentación de áreas boscosas) y muy...

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