Registraduría Nacional del Estado Civil Resolución número 13606 de 2010, por la cual se determina el código de oficina y cupo numérico a un hospital para la asignación del NUIP, en el registro civil de nacimiento. - 22 de Diciembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 234710419

Registraduría Nacional del Estado Civil Resolución número 13606 de 2010, por la cual se determina el código de oficina y cupo numérico a un hospital para la asignación del NUIP, en el registro civil de nacimiento.

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín47931

NUMERO 13606 DE 2010 El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los articulos 266 de la Constitucion Politica, 25 del Decreto 1010 de 2000 y la Ley 962 de 2005, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del articulo 266 de la Constitucion Politica, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2003, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil ejercer, entre otras, la funcion de organizar y dirigir la identificacion de los colombianos. Que el articulo 22 de la Ley 962 de 2005, dispone que el Numero Unico de Identificacion Personal (NUIP), sera asignado a los colombianos en el momento de la inscripcion en el registro civil de nacimiento en cada oficina de registro civil y se aplicara a todos los hechos y actos que afecten el estado civil de las personas, y a todos los documentos que sean expedidos por las autoridades publicas. Que el precitado articulo consagra que la administracion del Numero Unico de Identificacion Personal (NUIP) corresponde a la Registraduria Nacional del Estado Civil. Que el articulo 77 de la Ley 962 de 2005, modifico el articulo 118 del Decreto-ley 1260 de 1970, el cual a su vez habia sido modificado por el articulo 10 del Decreto 2158 de 1970, indica cuales son los funcionarios competentes para llevar el registro civil de las personas, a su vez el paragrafo preceptua que la Registraduria Nacional del Estado Civil podra establecer la inscripcion de registro civil en clinicas y hospitales, conservando la autorizacion de las inscripciones por parte de los Registradores del Estado Civil. Que mediante la Resolucion 0802 del 22 de febrero de 2002, proferida por el Registrador Nacional del Estado Civil de la epoca, se establece la prestacion del servicio publico de inscripcion en el registro civil de nacimiento, en los centros hospitalarios. Que mediante la Resolucion numero 3571 del 30 de...

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