La suscrita Secretaria del Juzgado Quinto de Familia de Barranquilla avisa 1. Decretar la Interdicción Provisoria de Lupercio Benítez Caraballo. - 19 de Febrero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 52114783

La suscrita Secretaria del Juzgado Quinto de Familia de Barranquilla avisa 1. Decretar la Interdicción Provisoria de Lupercio Benítez Caraballo.

EmisorVarios
Número de Boletín47268

de Familia de Barranquilla AVISA:

Que en el proceso de Interdiccion, con Radicado numero 0222 de 2006, instaurado por el señor Alfredo Enrique Acosta Vasquez mediante el cual se pretendia la Interdiccion del señor Jaime Rafael Acosta Vasquez, se dicto sentencia en octubre 23 de 2007, cuya parte resolutiva es la siguiente: Juzgado Quinto de Familia Barranquilla, octubre veintitres ( 23) de dos mil siete (2007) 1. Declarese en estado de Interdiccion Judicial Definitiva al señor Jaime Rafael Acosta Vasquez, mayor de edad y vecino de esta ciudad.

  1. Declarese que dicho señor no tiene la libre administracion de sus bienes.

  2. Designese como Curador del demente ya mencionado al señor Alfredo Enrique Acosta Vasquez, a quien se le discernira el cargo para que pueda ejercerlo.

  3. Inscribase este decreto en el Registro Civil y notifiquese al publico por Aviso que se insertara una vez por lo menos en el Diario Oficial y el diario El Tiempo, tal como lo prescribe el numeral 7 del articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil.

  4. Consultese esta sentencia con el Superior, tal como lo prescribe el articulo 386 del Codigo de Procedimiento Civil.

    Notifiquese y cumplase. El Juez, (Fdo.) Alejandro Castro Batista.

    La sentencia de primera instancia fue confirmada por la honorable Sala Civil Familia del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, en providencia de agosto 8 de 2008.

    Se expide el presente Aviso a los veinticinco (25) dias del mes de noviembre de dos mil ocho (2008).

    La Secretaria, Maria Peinado Diaz.

    La suscrita Secretaria del Juzgado Sexto de Familia de Barranquilla HACE SABER:

    Que en sentencia de fecha octubre 22 de 2007, debidamente confirmada por el honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en providencia de fecha abril 28 de 2008, se decreto la Interdiccion Definitiva por causa de Sindrome Mental Organico al señor Rafael Enrique Martinez Garcia, mayor de edad, segun consta en el Registro Civil, nacimiento ocurrido el 29 de noviembre de 1950, identificado con la cedula de ciudadania numero 7462476 de San Estanislao, Bolivar, y se designo a la señora Beatriz Elena Cervantes de Martinez, quien se identifica con la cedula de ciudadania numero 22425479 de Barranquilla, como Curadora Definitiva para el cuidado del interdicto y la administracion de sus bienes, a quien se le discernira el cargo y se le autorizara para ejercerlo.

    Se ordena la presente publicacion de conformidad con lo establecido en los articulos 536 del Codigo Civil y 659 del Codigo de Procedimiento Civil.

    Barranquilla, diciembre 5 de 2008.

    Radicado: 080013110006-2007-00219.

    La Secretaria, Sandra Villalba Sanchez.

    El Secretario del Juzgado Primero de Familia de Santiago de Cali - Valle del Cauca HACE SABER:

    Que en el proceso de Interdiccion Judicial, del señor Jhon Alexander Gonzalez Sandoval, promovido por la señora Jacqueline Gonzalez Sandoval, mediante Auto Interlocutorio numero 1680 del 13 de noviembre de 2008, el cual se encuentra debidamente ejecutoriado, se decreto la Interdiccion Provisoria, del señor Jhon Alexander Gonzalez Sandoval y se le designo como Curadora Provisoria Legitima Principal a su madre señora Stella Sandoval y en caso de falta temporal o absoluta de la principal se designo como Curadora Provisoria Legitima Sustituta a su hermana Jacqueline Gonzalez Sandoval.

    Para conocimiento publico, se fija el presente aviso en lugar visible de la Secretaria del Despacho de conformidad con el articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, se entregan copias a las partes para su publicacion una vez por lo menos, en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulacion nacional El Tiempo o La Republica.

    Hoy cinco (5) de diciembre de dos mil ocho (2008), siendo las 8:00 a. m.

    El Secretario, Andres Jose Sossa Restrepo.

    Interdiccion Judicial.

    Radicacion numero 2007-00633.

    El Juzgado Primero Promiscuo de Familia (Ocaña, N. de S.) AVISA:

    Que dentro del proceso de Declaracion de Muerte Presunta por Desaparecimiento, promovido por la señora Emilce Contreras de Delgado, mayor de edad, vecina y residente en el municipio de Ocaña (N. de S.), quien actua a traves de apoderado judicial en su calidad de esposa del desaparecido Luis Delgado Amaya, se profirio fallo el dia primero (1°) de julio de dos mil ocho (2008), proferida dentro del asunto referenciado y que se encuentra debidamente ejecutoriada y cuyos textos se transcriben asi: "Juzgado Primero Promiscuo de Familia. Ocaña, primero (1°) de julio de dos mil ocho (2008). ... En merito de lo expuesto, el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Ocaña, Norte de Santander, administrando justicia en nombre de la Republica de Colombia y por autoridad de la ley.

    Primero. Declarar presuntivamente muerto por causa de desaparecimiento al señor Luis Delgado Amaya, quien se identifico con la cedula de ciudadania numero 13371007 de Teorama (N. de S.), el dia cinco (5) de noviembre de 1993, teniendo como su ultimo domicilio el municipio de Ocaña (N. de S.).

    Segundo. Ordenar a la Registraduria Municipal del Estado Civil de esta ciudad, el registro de la declaracion que antecede, a efecto de que extienda el respectivo certificado de defuncion. Oficiese.

    Tercero. Ordenar la publicacion del encabezamiento y lo resuelto por esta sentencia en el Diario Oficial, tambien en el diario El Espectador, por ser este de amplia circulacion nacional y, en una radiodifusora local. Lo anterior conforme al articulo 318 del Codigo de Procedimiento Civil, en concordancia con las disposiciones pertinentes del Codigo Civil.

    Cuarto. Consultese con el Superior.

    Copiese, notifiquese y cumplase.

    La Juez, Dalida Mejia Areniz (Fdo.)".

    El presente aviso se fija en la Secretaria del Juzgado a las ocho de la...

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