Decreto 2865 de 2000 - 27 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43145710

Decreto 2865 de 2000

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44272

DIARIO OFICIAL 44.272 DECRETO 2865 21/12/2000 por la cual se efectúan unas distribuciones y un traslado en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2000. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 25 de la Ley 547 de 1999 y 26 del Decreto 2686 de 1999 y el artículo 34 del Decreto 568 de 1996, y CONSIDERANDO: Que los artículos 25 de la Ley 547 de 1999 y 26 del Decreto 2686 de 1999, disponen que: "Se podrán hacer distribuciones en el Presupuesto de Ingresos y Gastos, sin cambiar su destinación ni cuantía, mediante resolución suscrita por el Jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos Públicos del orden Nacional estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o Consejos Directivos lo hará el Representante Legal de éstos". "A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el Presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para disminuir las apropiaciones del órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de éstas deberá iniciarse en la misma vigencia de la distribución, en caso de requerirse se abrirán subordinales"; Que de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Decreto 568 de 1996, las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se harán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo y requerirán para su validez la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Nacional. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación; Que de la apropiación existente en la Unidad 1301-01, Cuenta 3 Transferencias Corrientes, Subcuenta 2 Transferencias al Sector Público, Objeto del Gasto 1 Administración Pública Central, Ordinal 15 Provisión para Ajuste por Incremento Salarial. Distribución previo concepto D.G.P.N., se han efectuado las siguientes distribuciones: Resolución número 1528 del 17 de julio de 2000, por $975.469.500, Resolución número 1698 del 3 de agosto de 2000 por...

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