Decreto 4123 de 2004, por medio del cual se modifica el Decreto 255 del 11 de febrero de 1992. - 14 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352554986

Decreto 4123 de 2004, por medio del cual se modifica el Decreto 255 del 11 de febrero de 1992.

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín45762

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitucional Nacional, y con sujeción a las pautas generales previstas en el literal e) del artículo 1o de la Ley 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto en el Código de Petróleos, son actividades de la industria de hidrocarburos la exploración, explotación, refinación, transporte y distribución de hidrocarburos y sus derivados, y como actividades de la industria minera, el Código de Minas establece la exploración técnica, la explotación, beneficio, transformación, transporte y promoción de los minerales que se encuentren en el suelo o el subsuelo, sean de propiedad nacional o privada;

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 68 determinó que son entidades descentralizadas del orden nacional, entre otras, las sociedades públicas, y las sociedades de economía mixta.

Que la Ley 685 de 2001, por la cual se expidió el Código de Minas en su artículo 13, declaró de utilidad pública e interés social la industria minera en todas sus ramas y fases;

Que la Ley 685 en su artículo 4o, dispone que los requisitos, formalidades, documentos y pruebas señalados expresamente en dicho Código, serán los únicos exigibles a los interesados para el ejercicio del derecho a explorar y explotar minerales y de las correspondientes servidumbres;

Que en Sesión 109 del 6 de octubre de 2003, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó a probar la modificación del Decreto 255 del 11 de febrero de 1992,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Modifíquese el literal b) del artículo 7o del Decreto 255 de 1992, el cual quedará así:
  1. Las que efectúe la Nación, las entidades territoriales y las entidades descentralizadas por servicios que se dediquen a la prestación de servicios de salud pública...

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