Decreto 146 de 2004, por el cual se modifica la estructura de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa. - 23 de Enero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352556302

Decreto 146 de 2004, por el cual se modifica la estructura de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín45439

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en sesión del día 19 del mes de junio de 2003 según Acta número 03 de 2003, la Junta Directiva de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa,

DECRETA:

CAPITULO I Artículos 1 y 2

NATURALEZA Y OBJETO.

ARTÍCULO 1o NATURALEZA

La Empresa Territorial para la Salud, Etesa, creada mediante Ley 643 de agosto de 2001, es una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, vinculada al Ministerio de la Protección Social.

ARTÍCULO 2o OBJETO

La Empresa Territorial para la Salud, Etesa, tiene por objeto la explotación como arbitrio rentístico de los juegos definidos por la Ley 643 de 2001 como novedosos, los que expresamente se le asignen y los demás cuya explotación no se atribuya a otra entidad.

CAPITULO II Artículos 3 a 10

ESTRUCTURA.

ARTÍCULO 3o ESTRUCTURA

La organización interna de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, estará conformada por:

  1. Junta Directiva.

  2. Presidencia.

    2.1.Oficina Asesora Jurídica.

  3. Secretaría General.

  4. Vicepresidencia Financiera.

  5. Vicepresidencia de Recaudos.

  6. Vicepresidencia Comercial.

  7. Organos de Asesoría y Coordinación.

    7.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

    7.2 Comité Técnico.

ARTÍCULO 4o DE LA JUNTA DIRECTIVA

La Empresa Territorial para la Salud, Etesa, integrará su Junta Directiva de acuerdo con lo establecido por el artículo 39 de la Ley 643 de 2001 y cumplirá las funciones que determinan la Ley 489 de 1998, los Estatutos de la entidad y demás disposiciones legales vigentes.

ARTÍCULO 5o DE LA PRESIDENCIA DE LA EMPRESA TERRITORIAL PARA LA SALUD, ETESA

Contará con un Presidente que será agente del Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción y cumplirá además de las funciones que le fijan los estatutos las siguientes:

  1. Velar por el cumplimiento de las políticas establecidas por la Junta Directiva de la entidad y adoptar los planes y programas necesarios para el cumplimiento del desarrollo institucional.

  2. Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos de la institución, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas.

  3. Ejercer la representación legal de la empresa.

  4. Dirigir el proceso de planeación de la empresa orientado a garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales.

  5. Organizar el funcionamiento de la empresa, proponer ajustes a la organización interna, asignar y distribuir competencias de acuerdo con las disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos.

  6. Dirigir el manejo del portafolio de inversione s de la empresa, orientando dicha actividad a garantizar que las inversiones mantengan grados de rentabilidad y seguridad acordes con el mercado.

  7. Gestionar la consecución de recursos de crédito, tanto internos como externos, respondiendo por el cumplimiento de las obligaciones de pago adquiridas.

  8. Manejar y coordinar con entidades públicas y privadas las relaciones internas y externas de la empresa que conlleven al cumplimiento del objeto y misión institucional.

  9. Responder por la aplicación y consolidación del Sistema de Control Interno al interior de la empresa.

  10. Desarrollar y ejecutar la segunda instancia del Control Interno Disciplinario de la empresa.

  11. Manejar y coordinar las relaciones internas y externas de la empresa, al igual que las relaciones públicas institucionales.

  12. Trazar la política para la administración del personal, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

  13. Conferir comisiones al interior y exterior a los servidores de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales.

  14. Asistir a reuniones nacionales e internacionales, relacionadas con asuntos de competencia de la empresa por delegación del Gobierno.

  15. Someter a consideración de la Junta Directiva, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversión de la empresa.

  16. Expedir los actos administrativos que le correspondan, los reglamentos y manuales instructivos que sean necesarios para el cabal funcionamiento de la empresa.

  17. Conferir poderes a funcionarios y a personas externas para que representen la empresa.

  18. Presentar ante la Junta Directiva, informes periódicos sobre la gestión general de la entidad y sobre asuntos específicos que así lo demanden.

  19. Presentar informes a las entidades y organismos de control que lo requieran.

  20. Las demás funciones propias del cargo y las señaladas en la Constitución, la ley, los estatutos y las disposiciones que determine la organización de la empresa.

ARTÍCULO 6o DE LA OFICINA ASESORA JURÍDICA

Son sus funciones:

  1. Desarrollar los...

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