Decreto 853 de 2000, por el cual se promulga el "Tratado Constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos", suscrito en Madrid el 7 de octubre de 1992. - 11 de Mayo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352574534

Decreto 853 de 2000, por el cual se promulga el "Tratado Constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos", suscrito en Madrid el 7 de octubre de 1992.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín44010

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 ordinal 2o de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7ª a del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1o dispone que los tratados, convenios, convenciones, acuerdos, arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;

Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;

Que el 13 de marzo de 1996 Colombia, previa aprobación del Congreso Nacional mediante Ley 176 del 22 de diciembre de 1994, publicada en el Diario Oficial número 41.643 y declarada exequible por la Corte Constitucional en Sentencia C-418/95 del 21 de septiembre de 1995, depositó ante el Secretario General de la Conferencia, el instrumento de ratificación del "Tratado Constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos", suscrito en Madrid el 7 de octubre de 1992, instrumento internacional que entró en vigor para Colombia el 1o de octubre de 1998, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.1 del Tratado,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Promúlgase el "Tratado Constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos", suscrito en Madrid el 7 de octubre de 1992.

TRATADO CONSTITUTIVO DE LA CONFERENCIA

DE MINISTROS DE JUSTICIA

DE LOS PAISES IBEROAMERICANOS

Los estados firmantes del presente tratado

CONSCIENTES de los profundos vínculos históricos, culturales y jurídicos que les unen.

DESEANDO traducir tales vínculos en instrumentos jurídicos de cooperación.

RECONOCIENDO la importante contribución a esa tarea, realizada hasta el presente por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Hispano-Luso-Americanos, instituida por el Acta de Madrid de 1970.

DECIDIDOS a continuar tal obra, dotándose de un instrumento internacional adecuado.

CONSIDERANDO que la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Hispano-Luso-Americanos, en su reunión de Acapulco de 1988 recomendó la celebración de una conferencia extraordinaria de plenipotenciarios en España en 1992 con ocasión del Quinto Centenario, para adoptar tal instrumento.

HAN RESUELTO, adoptar un Tratado internacional constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de países iberoamericanos y a tal efecto han designado a sus respectivos plenipotenciarios, cuyos poderes han sido reconocidos en buena y debida forma, quienes a tal efecto han convenido las disposiciones siguientes:

CONSTITUCION

ARTÍCULO 1o

La Conferencia de Ministros de Justicia (en adelante la Conferencia) de los Países Iberoamericanos, es una organización de carácter intergubernamental procedente de...

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