Decreto 876 de 2000, por el cual se modifica la estructura de la - 17 de Mayo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353335818

Decreto 876 de 2000, por el cual se modifica la estructura de la

EmisorMinisterio de Comunicaciones
Número de Boletín44008

Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

en ejercicio de las facultades que le otorga el

numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política

y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I Artículos 1 a 3

ESTRUCTURA

ARTICULO 1o Suprimir la División de Internet de la Dirección de Informática y la Gerencia de Interconexión y Corresponsalías y sus Divisiones de Interconexión y de Corresponsalías, de la Vicepresidencia Comercial.
ARTICULO 2o Crear en la estructura de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, establecida en el artículo 1o. del Decreto 2462 de 1999, las siguientes dependencias:
  1. PRESIDENCIA.

2.1 SECRETARIA GENERAL.

2.1.3 Gerencia Administrativa.

2.14. DIRECCION DE INTERCONEXION.

2.14.1 División de Interconexión.

2.14.2 División de Corresponsalías.

ARTICULO 3o Modificar la denominación de la Vicepresidencia Financiero-Administrativa por la de Vicepresidencia Financiera, la cual quedará así:

2.9 VICEPRESIDENCIA FINANCIERA.

2.9.1 División de Evaluación Financiera.

2.9.2 División de Programación y Control Presupuestal.

2.9.3 Tesorería Nacional.

2.9.4 División de Contabilidad.

2.9.5 División de Facturación.

2.9.6 División de Gestión de Cartera.

CAPITULO II Artículos 4 a 15

FUNCIONES

ARTICULO 4o Adicionar las funciones de la Secretaría General, establecidas en el artículo 6o. del Decreto 2462 de 1999, y fijar las correspondientes a la Gerencia Administrativa, así:
  1. Establecer políticas para la prestación de los servicios administrativos a nivel nacional y garantizar la prestación de los mismos en el nivel central.

  2. Asegurar el cumplimiento del programa de seguros de la Empresa, a nivel nacional.

  3. Organizar, controlar, evaluar y ejecutar los procesos relacionados con la seguridad de las personas y bienes, vigilancia y servicios necesarios, tendientes a preservar la continuidad del servicio.

  4. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente y que se relacionen con la naturaleza de la dependencia.

    De la Gerencia Administrativa:

  5. Asesorar y coordinar a nivel nacional, la aplicación de políticas y procesos para la prestación de los servicios administrativos.

  6. Proponer y actualizar indicadores de gestión que permitan evaluar la prestación de los servicios administrativos a nivel nacional.

  7. Diseñar y proponer políticas para el mejoramiento de la prestación de los servicios administrativos a nivel nacional.

  8. Adelantar los trámites de contratación, que aseguren la continuidad en la prestación de los servicios administrativos.

  9. Programar, ejecutar y controlar las actividades y procesos de los servicios de aseo y transporte, administración de documentos, administración inmobiliaria y mantenimiento de bienes muebles, inmuebles y equipos de oficina en el nivel central.

  10. Responder por la gestión del proceso de adquisición, venta, titulación y escrituración de bienes inmuebles, en el nivel central y coordinar su ejecución a nivel departamental.

  11. Responder por la programación y ejecución de las actividades de protocolo que requiera la Presidencia de la Empresa para el desarrollo de su gestión.

  12. Realizar oportunamente el proceso de compra y suministro de elementos, útiles, materiales, planta y equipo de uso administrativo para las dependencias del nivel central.

  13. Administrar el sistema de inventarios de almacén, y coordinar su aplicación a nivel nacional.

  14. Realizar estudios y presentar recomendaciones sobre los requerimientos de seguros para la Empresa, tramitar su contratación y mantener el inventario actualizado sobre el estado de cada una de las pólizas y administrar el programa de seguros a nivel nacional.

  15. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente y que se relacionen con la naturaleza de la dependencia.

ARTICULO 5o Modificar las funciones de la Dirección Jurídica y de sus correspondientes Divisiones, establecidas en el artículo 6o. del Decreto 2462 de 1999, las cuales quedarán así:

De la Dirección Jurídica:

  1. Orientar y mantener la unidad de criterio jurídico en todas las áreas de la Empresa.

  2. Manejar los asuntos legales de competencia de la Presidencia de la Empresa.

  3. Atender los procesos judiciales en los que se encuentre vinculada la Administración Central de la Empresa.

  4. Supervisar los procesos de la Empresa, a nivel nacional y llevar el registro de la información relativa al estado procesal de los mismos.

  5. Fijar los parámetros a nivel nacional sobre los procedimientos de contratación de la Empresa.

  6. Señalar los lineamientos a nivel nacional sobre la interpretación y aplicación de las normas generales y particulares, así como sobre las disposiciones legales.

  7. Efectuar la contratación de abogados externos que se requieran para la representación judicial, extrajudicial y/o administrativa de la Empresa.

  8. Establecer las políticas y directrices a nivel nacional sobre la Jurisdicción coactiva.

  9. Supervisar el manejo y atención de los procesos que por jurisdicción coactiva adelante la Empresa a nivel nacional y llevar su registro.

  10. Asumir la función de la Jurisdicción coactiva de aquellos asuntos de la Administración Central y en los que sea requerida.

  11. Coordinar y controlar la gestión de los abogados de planta y/o externos a quienes se encomiende la representación de la Empresa.

  12. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente y que se relacionen con la naturaleza de la dependencia.

    De la División de Procesos y Ejecuciones Fiscales:

  13. Representar a la Empresa en los asuntos de carácter judicial, extrajudicial o administrativos en que sea requerida.

  14. Supervisar y controlar el manejo y atención de los procesos en que se encuentre vinculada la Empresa.

  15. Designar a los abogados de planta que han de representar o apoderar a la Empresa.

  16. Coordinar y controlar la gestión de los abogados de planta y/o externos a quienes se encomiende la representación judicial, extrajudicial o administrativa de la Empresa.

  17. Atender y asumir la coordinación de los asuntos relacionados con las conciliaciones extrajudiciales y judiciales.

  18. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente y que se relacionen con la naturaleza de la dependencia.

    De la División de Conceptos y Contratación:

  19. Adelantar en forma integral el proceso de contratación de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

  20. Conceptuar sobre las materias y aspectos legales que someta la Presidencia o las demás dependencias de la Empresa a consideración de la Dirección Jurídica.

  21. Elaborar las normas sobre contratación aplicables al interior de la Empresa.

  22. Tramitar y atender el estudio de los casos vinculados a situaciones contractuales, tales como liquidación de contratos, declaratoria de ocurrencia de siniestros, imposición de sanciones, entre otros.

  23. Poner a disposición de los oferentes, los informes de evaluación de las propuestas presentadas en licitaciones o concursos en la Administración Central, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

  24. Atender los requerimientos que tramiten los interesados dentro de los procesos de licitación, concurso o solicitud de ofertas, adelantados por la Presidencia de la Empresa, relacionadas con el suministro de copias y consulta de propuestas u ofertas.

  25. Requerir al contratista el envío de los documentos necesarios para la legalización y ejecución del contrato, tales como pago de impuesto de timbre, pago de los derechos de publicación en el Diario Unico de Contratación, constitución de las garantías pactadas y el cumplimiento de los demás requisitos de los contratos celebrados por la Presidencia de la Empresa.

  26. Responder por la custodia de los originales de los contratos y convenios celebrados por la Presidencia de la Empresa.

  27. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente y que se relacionen con la naturaleza de la dependencia.

ARTICULO 6o Modificar las funciones de las Divisiones de la Dirección de Control Interno, establecidas en el artículo 8o. del Decreto 2462 de 1999, las cuales quedarán así:

De la División de Auditoría de Gestión Empresarial:

  1. Planear, dirigir, coordinar, controlar y asesorar la evaluación de los controles establecidos en la Empresa, en lo pertinente a políticas, normas y procedimientos aplicables a la administración, desarrollo y gestión del recurso humano.

  2. Planear, dirigir, coordinar, controlar y asesorar la evaluación de los controles internos establecidos en la Empresa, en lo pertinente a políticas, normas y procedimientos aplicables al ejercicio de la contratación.

  3. Planear, dirigir, coordinar, controlar y asesorar la evaluación de los controles internos establecidos en la Empresa, en lo pertinente a políticas, normas y procedimientos aplicables a la atención de peticiones, quejas y recursos interpuestos por los clientes.

  4. Planear, dirigir, coordinar, controlar y asesorar la evaluación de los controles internos establecidos en la Empresa, en lo pertinente a políticas, normas y procedimientos aplicables a las actividades de carácter financiero determinando la racionabilidad, confiabilidad y oportunidad de los registros, con el fin de que garanticen óptimos resultados en la gestión relacionada con la salvaguarda y utilización de los recursos, manejo de tesorería, procesos de facturación y cobranzas, sistemas de contabilidad, administración del presupuesto, evaluación financiera, administración de bienes, y servicios administrativos.

  5. Orientar y aplicar indicadores para evaluar el comportamiento y desempeño de la gestión financiera, administrativa y del recurso humano.

  6. Formular las recomendaciones que resulten de la aplicación de las pruebas de auditoría, efectuando el seguimiento al cumplimiento de las mismas.

  7. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente y que se relacionen con la naturaleza de la dependencia

    De la División de Auditoría de Sistemas:

  8. Planear, dirigir, coordinar, controlar y asesorar la evaluación de los controles internos...

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