Decreto 125 de 2000 - 7 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353335978

Decreto 125 de 2000

EmisorMinisterio del Medio Ambiente
Número de Boletín43882

Por la cual se modifica el Decreto 1420 de 1997.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en particular las emanadas del artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y de la Ley 17 de 1981, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 17 de enero 22 de 1981 fue aprobada la Convención

Que la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres -Cites- fue ratificada el 31 de agosto de 1981 y entró en vigor para Colombia el 29 de noviembre del mismo año;

Que el artículo IX literal b) de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres -Cites- señala que para los fines de dicha Convención, cada una de las Partes designará una o más autoridades científicas;

Que de conformidad con el artículo 1o. del Decreto 1124 de 1999, el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-; el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras "José Benito Vives de Andreis" -Invemar-; el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander von Humboldt"; el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas "Sinchi"; y el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico, son entidades científicas adscritas y vinculadas al Ministerio del Medio Ambiente;

Que de acuerdo al parágrafo del mismo artículo, el Ministerio del Medio Ambiente cuenta con el apoyo científico y técnico de los centros de investigaciones ambientales y de las universidades públicas y privadas y en especial del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional y de la Universidad de la Amazonía;

Que de conformidad con lo anterior, el Gobierno Nacional mediante Decreto 1420 del 29 de mayo de 1997 designó las autoridades científicas de Colombia ante la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres -Cites-;

Que en el artículo 1o. del citado Decreto 1420 de 1997, se designaron al Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-; el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras "José Benito Vives de Andreis" -Invemar-; el Instituto de Investigación de Recursos...

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