Decreto 2747 de 2000, por el cual se fija la asignación básica mensual de los empleados públicos del Instituto de Seguros Sociales. - 27 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353336746

Decreto 2747 de 2000, por el cual se fija la asignación básica mensual de los empleados públicos del Instituto de Seguros Sociales.

Número de Boletín44272

Derogado por el artículo 4 del Decreto 1485 de 2001, publicado en el Diario Oficial No. 44.496, de 24 de julio de 2001, "por el cual se fija la asignación básica mensual de los empleados públicos del Instituto de Seguros Sociales". Surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2001.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las normas generales señaladas

en la Ley 4a. de 1992, y de conformidad con lo resuelto

por la Sala Plena de la Corte Constitucional

mediante Sentencia C-1433/2000 del 23 de octubre de 2000,

DECRETA:

ARTICULO 1o A partir del 1o. de enero de 2000, la asignación básica mensual que venían percibiendo a 31 de diciembre de 1999 los empleados públicos del Instituto de Seguros Sociales será incrementada en el nueve punto veintitrés por ciento (9.23 %)

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.

PARAGRAFO. Efectuado el reajuste salarial ordenado en el presente artículo, el Presidente del Instituto de Seguros Sociales enviará al Departamento Administrativo de la Función Pública, copia actualizada de la escala salarial aplicable a los empleados públicos de ese Instituto para el año de 2000.

ARTICULO 2o Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial estatuído por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4a. de 1992

Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.

ARTICULO 3o Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo...

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