Decreto 1236 de 1998, por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y se dictan otras disposiciones. - 6 de Julio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353479078

Decreto 1236 de 1998, por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín43333

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las atribuciones que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 418 de 1997,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o NATURALEZA JURÍDICA

El Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana que podrá usar la denominación abreviada de Fonsecon, es una cuenta especial, sin personería jurídica, administrada por el Ministerio del Interior, como un sistema separado de cuentas.

ARTÍCULO 2o OBJETIVOS DEL FONDO

Para los efectos previstos en el artículo primero de este decreto, los recursos de Fonsecon, se destinarán a los siguientes objetivos:

  1. Promover la formulación y ejecución de programas y proyectos que contribuyan a la seguridad y convivencia ciudadana y a la preservación del orden público.

  2. Apoyar la concertación interinstitucional, con las organizaciones no gubernamentales u otras formas asociativas y con la comunidad en general, para definir, adelantar, financiar y ejecutar programas relacionados con las materias objeto del Fondo.

  3. Contribuir subsidiariamente con el desarrollo de los objetivos que el gobierno nacional defina en materia de inteligencia.

  4. Colaborar en el fortalecimiento de los canales de solución de conflictos entre actores y sectores de la sociedad civil.

  5. Coadyuvar en la creación de condiciones de reconciliación y rehabilitación social, mediante la concertación y distención en aquellas regiones y zonas del país donde confluyan varios factores de violencia.

  6. Apoyar el desarrollo comunitario y los espacios de participación ciudadana, en aras de fortalecer la democracia participativa y mejorar las condiciones de convivencia pacífica.

  7. Cofinanciar y colaborar con los programas de protección especial a testigos y personas amenazadas que se encuentren a cargo del Ministerio del Interior y del Departamento Administrativo de Seguridad-Das.

  8. Desarrollar inversiones sociales tendientes a garantizar la convivencia ciudadana.

  9. Atender los gastos operativos, de funcionamiento y demás gastos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

  10. Las demás que le asigne la ley y que de acuerdo a la...

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