Decreto 2232 de 1998, por el cual se crea la Comisión Redactora del Proyecto del Nuevo Código de Procedimiento Civil. - 6 de Noviembre de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353479222

Decreto 2232 de 1998, por el cual se crea la Comisión Redactora del Proyecto del Nuevo Código de Procedimiento Civil.

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín43423

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de la conferida por el artículo 1o del Decreto 1050 de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto-ley 1400 de 1970 y el Decreto 2019 de 1970 se expidió el Código de Procedimiento Civil;

Que con posterioridad, se han expedido otras disposiciones que lo han modificado, tales como el Decreto-ley 2282 de 1989, la Ley 446 de 1998, entre otras;

Que de conformidad con lo establecido por la Constitución Política y por la Ley 270 de 1996, son principios de la Administración de Justicia y del Sistema Jurídico, el acceso, la eficiencia, la celeridad y el respecto por los derechos de los ciudadanos, entre otros;

Que la proliferación desmedida de normas procesales, la complejidad de los sistemas procesales, el excesivo ritualismo, el culto a la litigiosidad, la falta de acceso del ciudadano a la justicia, el bajo rendimiento cuantitativo de los despachos judiciales, la congestión judicial, contradicen los principios fundamentales de la Administración de Justicia y del Sistema Jurídico;

Que en consecuencia, se hace necesario hacer una revisión integral de las normas procesales civiles con el fin de introducir las modificaciones que permitan, entre otros aspectos, brindar certeza y seguridad jurídica a los ciudadanos, simplificar y acelerar los procedimientos y consagrar un sistema procesal civil coherente, funcional y garantista, acorde con los principios antes mencionados;

Que el Gobierno Nacional, con el fin de cumplir sus objetivos, tiene la facultad para conformar organismos consultivos o coordinadores de manera permanente o temporal, con representantes de la academia,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Créase la Comisión Redactora del proyecto de nuevo Código de Procedimiento Civil, de carácter temporal, ad honorem y adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho.

Esta Comisión funcionará por un término de seis (6) meses, contados a partir de la vigencia...

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