Decreto 1686 de 1997, por el cual se suprimen y fusionan unas dependencias de la Policial Nacional del Ministerio de Defensa Nacional. - 27 de Junio de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353482802

Decreto 1686 de 1997, por el cual se suprimen y fusionan unas dependencias de la Policial Nacional del Ministerio de Defensa Nacional.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín43072

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas por el artículo 30 de la Ley 344 de 1996, consultada la opinión de la Comisión de Racionalización

del Gasto y de las Finanzas Públicas y previa asesoría del honorable Congreso de la República,

DECRETA:

CAPITULO I Artículos 1 a 8

SUPRESIÓN Y FUSIÓN DE DEPENDENCIAS.

ARTÍCULO 1o SUPRESIÓN DE DEPENDENCIAS

Suprímense, a partir de la publicación del presente Decreto, las siguientes dependencias de la Policía Nacional, creadas mediante la Ley 180 de 1995:

  1. La Dirección de Policía Urbana

  2. La Dirección de Carabineros o Policía Rural

ARTÍCULO 2o FUSIÓN DE DEPENDENCIAS

Fusiónense, a partir de la fecha de publicación del presente Decreto, las siguientes dependencias de la Policía Nacional:

  1. La Escuela de Cadetes de Policía "General Santander" y la Dirección Docente en una dependencia que se denominará en adelante "Dirección Escuela Nacional de Policía General Santander" de la Dirección General.

  2. La Dirección de Participación Comunitaria y la Dirección Operativa en una dependencia que se denominará Dirección Operativa dela Dirección General.

ARTÍCULO 3o ESTRUCTURA ORGÁNICA

Con base en lo dispuesto en los artículos anteriores, la Policía Nacional tendrá la siguiente Estructura:

  1. Dirección General

1.1 Subdirección General.

1.2 Inspección General.

1.3 Dirección Operativa.

1.4 Dirección Escuela Nacional de Policía "General Santander".

1.5 Dirección Administrativa y Financiera.

1.6 Dirección de Recursos Humanos.

1.7 Dirección de Policía Judicial.

1.8 Dirección de Inteligencia.

1.9 Dirección Antinarcóticos.

1.10 Dirección de Servicios Especializados.

ARTÍCULO 4o FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA "GENERAL SANTANDER"

Con base en lo dispuesto en el presente decreto, las funciones de la Escuela Nacional de Policial "General Santander" serán las siguientes:

  1. Formular la política educativa a través de planes y programas.

  2. Estructurar y desarrollar los programas académicos para la formación, capacitación y especialización de Oficiales y Nivel Ejecutivo, respecto de la profesión de policía y especialidades que requiera el competente cumplimiento de la Misión Institucional.

  3. Establecer los criterios de admisión de aspirantes a las Escuelas Seccionales de Formación, que garanticen la vinculación de personas con vocación de servicio y calidad humana.

  4. Otorgar títulos de idoneidad de la profesión de...

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