Decreto 1960 de 1997, por el cual se modifican parcialmente los Decretos 1105 y 1909 de 1992. - 14 de Agosto de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353491622

Decreto 1960 de 1997, por el cual se modifican parcialmente los Decretos 1105 y 1909 de 1992.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43107

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en uso de sus facultades constitucionales, en especial la conferida por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y con sujeción a las pautas señaladas en el artículo 3 de la Ley 6 de 1971 y en el artículo 2 de la Ley 7 de 1991.

DECRETA:

ARTÍCULO 1 Adiciónase el artículo 9 del Decreto 1909 de 1992, con el siguiente inciso:

Siempre que el transportador aéreo o marítimo incumpla con esta obligación se le impondrá una multa equivalente a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

ARTÍCULO 2 Modifícase el inciso 1 del artículo 12 del Decreto 1909 de 1992, el cual quedará así:

Artículo 12. Entrega de los documentos de viaje a la Aduana. El manifiesto de carga, los documentos que lo adicionen, modifiquen o expliquen, los conocimientos de embarque, las guías aéreas o las cartas de porte y los demás documentos de transporte, serán entregados a la autoridad aduanera de la jurisdicción del lugar de arribo del medio de transporte antes del descargue total de la mercancía. En la misma oportunidad, podrán aceptarse provisionalmente documentos de transporte enviados por fax o por cualquier sistema de transmisión electrónica de datos, mientras el transportador entrega los documentos definitivos, en un término que no podrá ser superior a los dos (2) días hábiles siguientes a la recepción del manifiesto de carga en el lugar de arribo.

ARTÍCULO 3 Modifícase el artículo 13 del Decreto 1909 de 1992, el cual quedará así:

Artículo 13. Descargue de la mercancía. Para efectos aduaneros, la mercancía descargada en puerto o aeropuerto o transportada por vía terrestre quedará bajo responsabilidad del transportador hasta su entrega al depósito habilitado, al declarante, al usuario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR