Decreto 3366 de 2007, por el cual se reglamenta el artículo 117 de la Ley 100 de 1993.
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 46743 |
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que la Corte Constitucional mediante Sentencia C-734 de 2005 declaró inexequible, por exceso de la facultad extraordinaria otorgada por el Congreso de la República, el literal a) del artículo 5° del Decreto-ley 1299 de 1994 que regulaba el salario base de liquidación de la pensión de vejez de referencia de las personas que estaban cotizando o que hubieren cotizado al ISS o a alguna caja o fondo de previsión del sector público o privado, y que establecía que el salario o el ingreso base de liquidación será el salario devengado con base en normas vigentes al 30 de junio de 1992, reportado a la respectiva entidad en la misma fecha, o el último salario o ingreso reportado antes de dicha fecha, si para la misma no se encontraba cotizando;
Que sobre la materia se pronunció la Corte Constitucional mediante Sentencias T-147/06, T801/06, T-910/06, 920/06 y 1087/06, y en la Sentencia 379/07 dispuso: “Prevenir a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que en lo sucesivo, deberá aplicar los criterios señalados por la Corte Constitucional en lo relativo a los efectos de la Sentencia C-734 de 2005”;
Que en consecuencia, las personas que se habían trasladado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad con anterioridad al 14 de julio de 2005, fecha de expedición de la Sentencia C-734 de 2005, tienen derecho a que se les emita el bono pensional con el salario devengado y reportado al ISS a 30 de junio de 1992;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 100 de 1993 el Gobierno Nacional tiene la competencia para establecer la metodología, procedimiento y plazos para la expedición de los bonos pensionales,
DECRETA:
De conformidad con los criterios señalados por la Corte Constitucional en relación con la Sentencia C-734/05, en el caso de las personas que se trasladaron al Régimen...
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