Decreto 306 de 1992 - 19 de Febrero de 1993 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354199926

Decreto 306 de 1992

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín40344

ACOTACION: NO INCLUYE NOTAS DE ACTUALIZACION. INCLUYE REFERENCIAS A LAS JURISPRUDENCIAS PERTINENTES DE LA CORTE

CONSTITUCIONALPor el cual se reglamenta el Decreto 2591 de 1991 (Acción de Tutela)

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

en ejercicio de sus facultades constitucionales y, en especial, de la prevista

por el artículo 1894, numeral 11 de la Constitución Política,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o DE LOS CASOS EN QUE NO EXISTE PERJUICIO IRREMEDIABLE.

Consejo de Estado:

- Artículo fue declarado NULO por el Consejo de Estado, mediante Sentencia del 6 de febrero de 1996, Expediente No. 33316, Magistrado Ponente Dr. Rodrigo Ramírez González.

- La definición de perjuicio irremediable, contenida en el inciso 2o. del artículo 67o. del Decreto 2591 de 1991, fue declarada INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-531-93 del 11 de noviembre de 1993.

Texto original del Decreto 306 de 1992:

ARTÍCULO 1 De conformidad con el inciso segundo del numeral primero del artículo 69o. del Decreto 2591 de 1991, se entiende por irremediable el perjuicio que sólo puede ser reparado en su integridad mediante una indemnización.

No se considera que el perjuicio tenga el carácter de irremediable, cuando el interesado puede solicitar a la autoridad judicial competente que se disponga el restablecimiento o protección del derecho, mediante la adopción de disposiciones como las siguientes:

  1. Orden de reintegro o promoción a un empleo, cargo, rango o condición;

  2. Orden de dar posesión a un determinado funcionario;

  3. Autorización oportuna al interesado para ejercer el derecho;

  4. Orden de entrega de un bien;

  5. Orden de...

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