Decreto 929 de 1994, por el cual se hace uso de la autorización conferida por la Resolución 348 de la Junta del Acuerdo de Cartagena. - 11 de Mayo de 1994 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354206290

Decreto 929 de 1994, por el cual se hace uso de la autorización conferida por la Resolución 348 de la Junta del Acuerdo de Cartagena.

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín41356

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las Leyes 6ª de 1971 y de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión 296 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena se estableció el Arancel Externo Común de 15% para la subpartida 3901.10.00.

Que el Decreto 255 de 1992 fijó un gravámen de 15% para la subpartida 39.01.10.00.00;

Que el artículo 67 del Acuerdo de Cartagena establece que los países miembros pueden solicitar a la Junta del Acuerdo de Cartagena la reducción de los gravámenes del Arancel Externo para atender insuficiencias transitorias en la oferta subregional;

Que el artículo 11 de la Decisión 296 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena establece que en desarrollo del mencionado artículo 67 se podrá diferir el gravámen hasta el 5%;

Que la Resolución 334 de la Junta del Acuerdo de Cartagena autorizó al Gobierno de Colombia la reducción transitoria del gravámen de la subpartida 39.01.10.00 por un año, medida implementada mediante el Decreto 151 de 1993, hasta el 31 de diciembre de dicho año.

Que en respuesta a la comunicación del Gobierno de Colombia, solicitando la extensión de la reducción transitoria del gravámen, la Junta del Acuerdo de Cartagena mediante la Resolución 348 autorizó reducir transitoriamente hasta el 5% el Arancel Externo Común de la Subpartida arancelaria 39.01.10.00, en la forma y condiciones allí establecidas.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Fijar en 5% el gravamen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR