Decreto 1873 de 1992, POR EL CUAL SE DICTAN MEDIDAS PARA LA SEGURIDAD Y PROTECCION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA RAMA JUDICIAL, DEL MINISTERIO PUBLICO Y SE EXPIDEN OTRAS DISPOSICIONES. - 20 de Noviembre de 1992 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354237970

Decreto 1873 de 1992, POR EL CUAL SE DICTAN MEDIDAS PARA LA SEGURIDAD Y PROTECCION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA RAMA JUDICIAL, DEL MINISTERIO PUBLICO Y SE EXPIDEN OTRAS DISPOSICIONES.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín40642

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 213 de la Constitución Política, en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 1793 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1793 del 8 de noviembre de 1992 el Gobierno Nacional, declaró el Estado de Conmoción Interior en todo el territorio nacional, fundado entre otras, en las siguientes consideraciones:

"Que en las últimas semanas la situación de orden público en el país, que venía perturbada de tiempo atrás, se ha agravado significativamente en razón de las acciones terroristas de las organizaciones guerrilleras y de la delincuencia organizada".

"Que además de las acciones armadas contra la fuerza pública, los grupos guerrilleros han intensificado sus estrategias de atentar contra la población civil y contra la infraestructura de producción de servicios, con el fin de minar la solidaridad ciudadana con las autoridades, debilitar la organización económica del país y obtener de funcionarios públicos o de particulares, concesiones y beneficios de diversa índole (...) ".

"Que en ocasión reciente se produjo el homicidio de una funcionaria judicial y se continúan registrando amenazas contra miembros de la Rama Jurisdiccional, por lo cual se impone adoptar a la mayor brevedad medidas que garanticen su integridad personal y les permitan desarrollar con independencia y seguridad su altísima función".

Que, en consecuencia, y a fin de establecer las circunstancias necesarias para que se administre una pronta y cumplida justicia, es imprescindible tomar medidas extraordinarias para rodear a los funcionarios y ex funcionarios de la Rama Judicial y del Ministerio Público de todas las seguridades necesarias para el normal ejercicio de sus funciones.

Que en uso de las facultades establecidas en el artículo 121 de la Constitución Política de 1986, por Decreto 1855 de 1986, el cual fue adoptado como legislación permanente por el Decreto 2273 de 1991, se creó el "Fondo de Seguridad de la Rama Jurisdiccional", como establecimiento público adscrito al Ministerio de Justicia.

Que a fin de que el "Fondo de Seguridad de la Rama Jurisdiccional" pueda atender a cabalidad la tarea de contribuir a la protección y seguridad de los funcionarios señalados, es indispensable introducir algunas reformas.

Que para los fines señalados en este Decreto es crear un sistema de seguridad y protección y cuerpo especializado en la fuerza pública,

DECRETA:

Artículo 1°

Créase el Sistema de Seguridad, Protección y...

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