Decreto 1211 de 1999, por el cual se reglamenta el artículo sexto del Decreto 1689 de 1997 y se dictan otras disposiciones. - 2 de Julio de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 359489494

Decreto 1211 de 1999, por el cual se reglamenta el artículo sexto del Decreto 1689 de 1997 y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Número de Boletín43530

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial la consagrada en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que con el objeto de garantizar la adecuada representación y defensa del Estado, el Decreto-ley 1689 de 1997 asignó al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la atención de los procesos judiciales y demás reclamaciones de carácter laboral a cargo del Fondo del Pasivo Laboral de la Empresa Puertos de Colombia;

Que la cabal representación y la defensa del Estado, exigen la adopción de procedimientos que regulen la competencia atribuida al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la gestión, reconocimiento y pago de las obligaciones laborales del Fondo de Pasivo Laboral de la Empresa Puertos de Colombia, derivadas a su vez de la liquidación de Puertos de Colombia – Colpuertos, de manera que se salvaguarden los principios de prevalencia del interés general, de respeto a los derechos adquiridos con justo título por los particulares y de la buena fe;

Que para estos efectos mediante Resolución número 3137 de diciembre de 1998 se creó el Grupo Interno de Trabajo para la gestión del pasivo social de la Empresa Puertos de Colombia del...

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